Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 381/20
Arrecifes, 01/10/2020
Visto
La realización de Actividades Municipales Gratuitas Complementarias a la Educación Formal, organizadas por la Municipalidad de Arrecifes a través de la Dirección de Deporte y Recreación y con la colaboración de la Dirección de Cultura y Educación; que se llevaran a cabo desde el mes de Diciembre de 2020 a marzo de 2021 inclusive, y;
Considerando
Que, mediante la AG 0016/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, se autoriza a los Municipios a financiar mediante el “Fondo de Financiamiento Educativo” las propuestas, acciones y/o programas afines a la “Educación no Formal” enmarcada en el art. 112 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206.
Que, corresponde tomar la definición de la UNESCO sobre Educación “No Formal" a saber: “Es toda actividad organizada y duradera, que no se sitúa exactamente en el marco de los sistemas educativos formales integrados por las escuelas primarias, los centros de enseñanza secundaria, las universidades y otras instituciones educativas formalmente establecidas. Son aquellos procesos o actividades educacionales organizados en forma sistemática por fuera del sistema educativo formal; pudiendo abarcar actividades formativas o de capacitación complementarias de aquel, procesos educativos destinados a la alfabetización de los adultos, a educación básica de los niños y jóvenes sin escolarizar, a adquisición de competencias necesarias para la vida diaria y para el desarrollo profesional”.
Que, las actividades tienen como objetivo el desarrollo de disciplinas como el arte, cultura y deporte; apuntando muy especialmente a niños y adolescentes con deseos de superarse, enriqueciendo sus habilidades tanto intelectuales como físicas y siendo al mismo tiempo una herramienta de inclusión que fortalece su identidad cultural y formación académica.
Que, el deporte es una herramienta efectiva en la educación de los niños, pues a través de él se fomentan valores y habilidades de manera sana y divertida.
Practicar alguna disciplina física o hacer ejercicio desde edades tempranas sirve no solo para “activar todas las funciones cerebrales que son indispensables para su desarrollo cognitivo general”, sino que “les enseña una serie de habilidades y conocimientos que les serán de gran ayuda durante toda su vida”.
Que, entre las actividades se encuentran: Fútbol, vóley, softbol, natación, juegos recreativos y cualquier otra actividad física y/o cultural a realizarse dentro de los objetivos prescriptos.
Que, las mismas tendrán lugar en el Predio Recreativo y Deportivo Municipal en zona Balnearia, con participación libre y gratuita.
Que, dicho predio será utilizado por establecimientos educativos del distrito para contribuir en el desarrollo de una instancia de educación formal en la medida que sea utilizado para el dictado de asignaturas curriculares deportivas y de espaciamiento, como así mismo al desarrollo de instancias de educación no formal.
Que, las acciones y programas enunciados en el presente Decreto, dado su finalidad y función se encuentran ampliamente encuadradas dentro de los objetivos establecidos en la Ley de Educación Nacional N° 26.206, por lo tanto es factible la aplicación del uso del fondo afectado, específicamente Fondo de Financiamiento Educativo, para los fines propuestos.
Que, aún desconociendo la continuidad de las medidas de aislamiento, es necesario avanzar en el reacondicionamiento del predio, equipamiento y/o materiales.-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárense de Interés Municipal las Actividades Municipales Gratuitas Complementarias a la Educación Formal, organizadas por la Municipalidad de Arrecifes a través de la Dirección de Deporte y Recreación y con la colaboración de la Dirección de Cultura y Educación, destinadas a niños y adolescentes, que se llevaran a cabo desde el mes de Diciembre de 2020 a marzo de 2021 inclusive, que tendrán lugar en el Predio Recreativo y Deportivo Municipal en zona Balnearia, con participación libre y gratuita.
ARTICULO 2º: Los gastos que pudieran surgir a fin de dar cumplimiento al presente decreto, serán imputados a las partidas por objeto del gasto que correspondan, Categoría Programática 34-00-00 “Deporte y Recreación” de la Secretaria de Gobierno, del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de financiamiento: 132 de Origen Provincial “Fondo de Financiamiento Educativo”.
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
SR. MAURO MARCELO BOVEDA – SECRETARIO DE HACIENDA