Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 380/20
Arrecifes, 01/10/2020
Visto
El Decreto Nº 133/20 que declaró el estado de emergencia sanitaria en el Partido de Arrecifes, y;
Considerando
Que, los distintos estamentos del Estado, tanto Nacional como Provincial, han adoptado medidas de ayuda a fin de paliar las consecuencias sociales que genera la pandemia producida por el Virus COVID-19, que también deben seguirse por parte de la Municipalidad.
Que, es necesario e imperioso brindar asistencia económica y social a las personas en situación de indigencia y/o emergencia económica y social, para la atención de las necesidades mínimas, en el caso de los grupos sociales vulnerables.
Que, Rodolfo Oscar SAN JUAN, D.N.I. Nº 17.893.321; Sebastián JUNQUERA, D.N.I. Nº 23.611.624; Claudia Gabriela GONZALEZ, D.N.I. Nº 20.329.592; Oscar Dante LUCA, D.N.I. Nº 29.427.916 y Milton ALORI, D.N.I. Nº 37.365.720, atraviesan un periodo de recursos económicos escasos, inestables e insuficientes para satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar al cual pertenecen.
Que, a los fines de disponer la ayuda económica debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Concédase una ayuda económica en el marco del estado de emergencia sanitaria declarada por el Decreto Nº 133/20, por Pesos Diez mil ($ 10.000,00.-) a cada una de las personas cuyos datos se detallan a continuación, en virtud de que se encuentran en situación de necesidad y vulnerabilidad social: Rodolfo Oscar SAN JUAN, D.N.I. Nº 17.893.321; Sebastián JUNQUERA, D.N.I. Nº 23.611.624; Claudia Gabriela GONZALEZ, D.N.I. Nº 20.329.592; Oscar Dante LUCA, D.N.I. Nº 29.427.916 y Milton ALORI, D.N.I. Nº 37.365.720.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
SR. MAURO MARCELO BOVEDA – SECRETARIO DE HACIENDA