Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1470/20
General Pueyrredon, 17/11/2020
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la designación de varios agentes, en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Designar a los agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL, en los establecimientos educacionales que se consignan, a partir de la fecha que en cada caso se indica y hasta el 18 de diciembre de 2020 o el cese de funciones con expresión de causa:
a) U.E. 08-00-0-2-3-02 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 2 “Jorge Newbery”
b) U.E. 08-00-0-2-3-04 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 4 “Exodo Jujeño”
c) U.E. 08-00-0-2-3-08 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 9 “César Isaac Barroso”
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 - F.Fin. 1-3-1.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI