Boletines/Chascomús

Decreto Nº844/17

Decreto Nº 844/17

Chascomús, 18/09/2017

BAJA POR JUBILACION

Visto

El inicio del trámite jubilatorio por edad avanzada por parte del agente SOLER, José Enrique, DNI Nº 10.325.653; y

Considerando

Que el agente se desempeña en el área de Obras y Servicios;

      Que se acogerá a los beneficios de la Jubilación por edad avanzada;

      Que corresponde proceder a dar la baja del agente a partir del 30 de Septiembre de 2017;

      Que conforme lo dispuesto por la legislación se le abonará Anticipo Jubilatorio del 60% (Sesenta por Ciento) de su remuneración mensual como adelanto de su jubilación, de la que será deducida al liquidarse ésta última;

      Que asimismo corresponde abonarle retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años;

 

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dése de baja al agente SOLER, José Enrique, DNI Nº  10.325.653 a partir  del 30/09/2017 quien se acogerá a los beneficios de la Jubilación por edad avanzada.-

ARTICULO 2º.- Se abonará Anticipo Jubilatorio de PESOS ONCE MIL CIENTO CINCO ($11.105) a partir del 01/10/2017 correspondiente al 60% de su remuneración mensual, importes que serán descontados al liquidarse su jubilación y retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON 28/100 ($ 87.191,28).-

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto  impútese a la Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 6.2.1.1, 42.02 Anticipo Jubilatorio, y Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 1.6.0.0, 42.02 Retribución Especial.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese Secretaría Privada, Dirección de Recursos  Humanos, Liquidaciones, Oficina de jubilaciones, Tesorería, agente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 5º.-  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Hacienda.-

ARTICULO  6º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-