Boletines/Chascomús

Decreto Nº805/17

Decreto Nº 805/17

Chascomús, 04/09/2017

DECLARAR INTERES CULTURAL

Visto

La presentación del libro “San Martín. Más allá del bronce” de Roberto Colimodio Galloso y Juan Marcelo Calabria que organiza la Biblioteca Popular y Católica “Santa Teresita”, la Ordenanza Nº 3843/08, y

Considerando

Que esta obra recoge episodios de la vida del General José de San Martín, su vida cotidiana y sencilla, un hombre que tenía como objetivo la libertad del pueblo sudamericano;

  Que el libro permite conocer los rasgos personales, características especiales y algunas cuestiones adyacentes que demuestran que más allá del bronce, hay un san Martín admirable que lo hace merecedor de dicho honor;

  Que el escritor Roberto Colimodio Galloso es historiador, genealogista, Miembro de la Academia Argentina de la Historia y Académico Sanmartiniano, autor de “Oficiales de Belgrano prisioneros de Ayohuma”, Soldados de San Martín en San Lorenzo, Juan Bautista Baigorria Mitos y Verdades;

  Que el Señor Juan Marcelo Calabria es oriundo de Mendoza, licenciado en Ciencias Universitarias y docente en la Universidad Nacional de Cuyo;

  Que el Señor Roberto Colimodio Galloso ha presentado otras obras de su autoría en Chascomús;

  Que la Biblioteca Popular y Católica “Santa Teresita” organiza actividades que permiten promocionar el libro, la lectura y fortalecer la identidad nacional;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Declárese de interés cultural histórico y literario de la  Intendencia Municipal de Chascomús la presentación del libro “San Martín. Más allá del bronce” del escritor  Roberto Colimodio Galloso y Juan Marcelo Calabria, que organiza la Biblioteca Popular y Católica “Santa Teresita”, a desarrollarse el día 6 de Octubre en el Salón Parroquial del Inmaculado Corazón de María.-

ARTÌCULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Dirección de Cultura, Casa de Casco, Prensa y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor   Secretario de Hacienda.-

ARTICULO   4º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y  archívese.-