Boletines/Saavedra
Decreto Nº 1797/2020
Saavedra, 12/11/2020
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 8950/2020.-
PIGÜÉ, 12 de noviembre de 2020.-
Visto
El expediente Nº 8950/2020 remitido por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra - Pigüé, el correspondiente despacho de Comisiones por la Mayoría, de la Comisión de Interpretación y Reglamento y Cultura Salud y Medio Ambiente, y la Ordenanza Nº 6926/2020, la Ley Orgánica de las Municipalidades y,
Considerando
Que conforme surge del expediente mencionado, ese Cuerpo Deliberativo decidió modificar la Ordenanza Nº 6611/2017, aprobar el proyecto obrante a fs. 16 del expediente y excluir el inmueble Partida 12.125 de la declaración arquitectónica preventiva prevista por las Ordenanzas Nº 5781 y 6611,
Que vuestro organismo deliberativo debe dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 5596/2008, en particular a lo previsto por el Artículo 2º, inciso 1º de dicha norma, en cuanto dispone que la Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano-Arquitectónico es el órgano de consulta obligatoria en todo lo relativo al Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico del Partido de Saavedra,
Que a pesar de no ser obligatoria una fundamentación sobre la decisión que toma la mayoría, creo que deviene sumamente importante en este caso, el cual es de vital significación por la historia que conserva este inmueble emblemático del Distrito de Saavedra,
Que el mismo Concejo Deliberante en el año 2004, por pedido de vecinos del Barrio Jardín, personal del Museo Regional Pigüé (ahora Museo y Archivo de Pigüé) y familiares de Timoteo García Zorroza, comenzó a poner en valor desde el Proyecto de Ordenanza que impone el nombre de Villa García, al área correspondiente entre las calles Avda. Pueyrredón, Avda. Carlos Gardel, Diagonal Misiones, Circunvalación Norte, D. Ruperto Tanco y Avda., Martínez de Hoz, e impone el nombre de Timoteo García Zorroza, a la Plaza ubicada en la intersección de las calles 25 de Mayo y Circunvalación Norte, D. Ruperto Tanco, circunstancia que da cuenta de la importancia que el inmueble en cuestión reviste para la historia de la localidad,
Que en el año 2017 el Honorable Concejo Deliberante incluyó en la ordenanza Nº 6611 el inmueble “Casa García”, Partida Nº 12.125,
Que el Honorable Concejo Deliberante no tuvo a la vista el informe histórico elaborado por la comisión, que fue ingresado el 3 de noviembre de 2020,
Que de ello se sigue que el tiempo transcurrido entre la solicitud realizada por ese cuerpo deliberativo y la fecha de entrega del informe no ha sido extensa, por lo que considero que, a fin de evaluar todas las aristas involucradas en el caso, resulta importante su evaluación, previo a una decisión,
Que este inmueble es parte de nuestra rica historia y considero inapropiado que en menos de 90 días se desafecte de protección patrimonial – situación que permitiría, por ejemplo, su demolición – sin haber tenido a la vista el informe histórico presentado por la Comisión y sin tener ninguna propuesta superadora que pueda compartir la conservación del patrimonio urbano y arquitectónico, con la modernidad, y que las dos posibilidades puedan estar presentes ante la vista de nuestros vecinos y turistas sin perjudicar a ambas,
Que no es posible pasar por alto los múltiples objetivos que la Ordenanza Nº 5596 asignó a la Comisión, entre los que se encuentran la posibilidad de proponer convenios con los particulares, así como beneficios excepcionales a favor de quienes posean inmuebles que gocen de protección patrimonial,
Que en virtud de lo expuesto, a fin de permitir un nuevo debate sobre la cuestión aquí analizada, que contemple la totalidad de los elementos disponibles y la generación de opciones superadoras, teniendo en cuenta los importantes beneficios que podría obtener el eventual comprador,
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Art. 1º Vétase la Ordenanza Nº 6926/2020 en su totalidad.-
Art. 2º Comuníquese, a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Urbano Arquitectónico, tómese nota por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial, Honorable Concejo Deliberante, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 1797/2020.-