Boletines/Saavedra
Ordenanza Nº 6925/2020
Saavedra, 28/10/2020
2020– “Año del General Manuel Belgrano”
CORRESPONDE A EXPTE Nº 78189/2012 unif. con 91.373/2020
VISTO
La solicitud realizada por los adjudicatarios de un lote en el Sector Industrial Planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción VIII, Parcela 4, Partida Nº 15086 a fin de transferir dicho lote a un tercero
CONSIDERANDO
Que, los Sres. Pippa Hernández y Mosegui adquirieron el mencionado lote de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 6087/2012.
Que, conforme manifiestan en nota agregada al expediente, por problemas personales y económicos les fue imposible poner en marcha el emprendimiento productivo que tuvieron a la vista al momento de adquirir el terreno
Que el señor Catriel Monti, se encuentra interesado en adquirir los derechos en el citado lote, a fin de emplazar en ese lugar su emprendimiento de producción de agua destilada
Que la posibilidad planteada por los interesados redundaría en un beneficio para la comunidad toda, además de contribuir a la revitalización del Sector Industrial Planificado de Pigüé.
Que resutla de vital importancia promover el desarrollo productivo local e incentivar la instalación de nuevos emprendimientos que tengan la potencialidad de generar empleos en beneficio de las economías locales.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Art. 1º Facúltese al Departamento Ejecutivo, a autorizar a los Señores Cintia Adriana Pippa Hernández (DNI 26.571.647) y Germán Walter Mosegui ( DNI 21.510.120) la cesión de sus derechos sobre el lote
Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción VIII, Parcela 4, Partida Nº 15.086, a favor del Sr. Catriel Monti (DNI 30.602.878), con destino a una Planta de producción de agua destilada y depósito.
Art. 2º Facúltese al Departamento Ejecutivo a suscribir con quien resultare cesionario-Sr. Catriel Monti- el convenio respectivo en los términos del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 4872/02.-
Art 3º Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE
ORDENANZA Nº 6925/2020