Boletines/Moreno

Resolución Nº4407/20

Resolución Nº 4407/20

Moreno, 27/08/2020

Visto

el Expediente H.C.D N° 33.980/2020, la ausencia de información respecto al estado edilicio actual de las escuelas del distrito, y obras que deben realizarse para que los mismos se encuentren en condiciones óptimas, ya sea para el inicio de las clases presenciales, en caso que así se disponga, como para su utilización  en caso de emergencia que se presente en la comunidad educativa  y;

Considerando

la situación actual global en el marco de la Pandemia por el COVID 19, donde en nuestro país la asistencia a los establecimientos educativos no está permitida dentro de lo normado en la Resolución 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación y en la Resolución 554/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires;

QUE, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e institutos de educación superior, data de fecha 16 de Marzo de 2020;

QUE, en marco del Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio las Obras Públicas se encuadraban en las actividades esenciales;

QUE, en Diciembre del 2019, este Honorable Cuerpo, sancionó la Ordenanza N°6148/19 sobre Emergencia Pública en materia económica, financiera, sanitaria, alimentaria, educativa, de producción edilicia y de infraestructura;

QUE, mediante dicha ordenanza donde se indica la emergencia, se otorga al Departamento Ejecutivo la potestad de realizar las contrataciones directas que requiera para la solución a problemáticas puntuales;

QUE, la Ley 26.075 a través de su Artículo  7° ha impuesto la creación de una asignación específica de recursos coparticipantes, conocida por todos como Fondo Educativo, con el propósito de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional, cuya ejecución está a cargo del Municipio;

QUE, según lo indicando por el Presidente de la Nación y el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires en su última exposición pública con fecha 17 de Julio de 2020 donde indica que iremos evolucionando en etapas en el marco del Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio hacia “una vida normal”;

QUE, es esencial conocer el estado edilicio de todos los establecimientos de Moreno, antes del reinicio de las clases presenciales en todos los niveles educativos;

QUE, es la escuela el primer lugar de referencia en la población, por encontrarse ubicada estratégicamente en cada barrio;

QUE, es menester de este Honorable Concejo Deliberante legislar en pos de la protección y salud de todos los habitantes de Distrito de Moreno.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente:

RESOLUCION N° 4407/2020

ARTÍCULO N°1: Solicitase al  Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, remita de manera urgente un informe pormenorizado de la utilización de los recursos del Fondo Educativo:

a) Monto de dinero transferido por el Gobierno Provincial al Municipio de Moreno.

b) Afectación de recursos, acciones que se llevaron a cabo.

ARTICULO N°2: Solicitase al  Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, remita de manera urgente un informe de las acciones llevadas a delante en relación a la emergencia educativa sancionada en la Ordenanza N°6148/19.

ARTICULO N°3 Se solicita al Consejo Escolar de Moreno, que remita a este Honorable Concejo Deliberante, un informe pormenorizado de:

  1. Listado de todos los establecimientos educativos que se encuentran en el Distrito.
  2. Punteo de la situación edilicia de cada establecimiento educativo:

1. Tipo de servicio, agua de red o de pozo, comprobante de limpieza de tanques. Certificado de Análisis del agua, examen bacteriológico.

2. Estado de las Instalaciones eléctricas, planos de aprobación, comprobación preventiva de las instalaciones por la autoridad competente, instalación de disyuntores y puesta a tierra, tableros señalizados estado de tomacorrientes.

3. Servicio de gas, natural o tipos de envasados, referenciando en que instancia se encuentra la habilitación del gas, si está en obra, si está en trámite o si finalizó.  Control sistematizado de las mismas.

4. Construcción edilicia segura, sin riesgo en la estabilidad de su estructura total y/o parcial.

5. Instalaciones sanitarias suficientes en cantidad y capacidad para personal y alumnado. Seguridad de buen funcionamiento en toda la jornada laboral.

6. Red cloacal con eliminación segura de excretas. Pozos cámara sépticas en buen funcionamiento y mantenimiento periódico.

7. Planes de emergencia ígnea y química: incluyendo capacitación, estructuras y elementos de seguridad adecuados y funcionales (matafuegos, hidrantes, etc.), puertas con apertura hacia afuera.

8. Iluminación y ventilación adecuada a las actividades desarrolladas en aulas, oficina, cocina, pasillos, escaleras, salones, talleres, salas, etc.

9. Almacenaje de sustancias químicas de acuerdo a normativa vigente.

10. Cantidad de mobiliario y estado del mismo.

11. Provisión de botiquín, elementos para protección personal e higiene del establecimiento.

  1. Obras: construcción y refacciones que se estén realizando en los edificios educativos, a la fecha de pedido de informe.
  2. Certificado habilitante de cada establecimiento, expedido por la autoridad competente.
     

ARTICULO N°4: Comuníquese al  Departamento ejecutivo, regístrese y  archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 27 de Agosto de 2020.

LAFALCE Héctor                                             BELLOTTA, Araceli

Secretario                                                                 Presidenta

Comunicado al D.E el día 09/09/2020