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Decreto Nº1366

Decreto Nº 1366

Lujan, 04/10/2020

EXENCION  IMPUESTO AUTOMOTOR POR DISCAPACIDAD PROPIEDAD DEL SEÑOR COCERES GERARDO JUAN DOMINGO DOMIN

Visto

El expediente 4069/000379/2019 mediante el cual el Sr. Cóceres, Gerardo Juan Domingo, D.N.I. 11.931.326, solicita la exención del     Impuesto a los Automotores; y

Considerando

Que a fs. 3 el peticionante fundamenta su solicitud en el hecho de ser discapacitado, acreditando dicha circunstancia con un     Certificado de Discapacidad extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires con un plazo de validez de diez (10)  años a partir del 04/05/2015;
Que a fs. 4 queda acreditada la titularidad del vehículo mediante Título del Automotor a nombre del Sr. Cóceres, Gerardo Juan Domingo, D.N.I. 11.931.326;
Que a fs. 14 el Sr. Cóceres, Gerardo Juan Domingo, solicita la exención del pago del Impuesto Automotor para el vehículo, Dominio FCQ538, Marca Toyota, Modelo Corolla 1.8 XE I,  Sedan 4 puertas, Año 2005;
Que en relación a las Patentes de Rodados, la Ordenanza   Nº 6186 en su artículo 201º y 94º inciso c) prevé el beneficio de            exención de dicho impuesto;
Que en consecuencia, corresponde el dictado del acto      administrativo por cuanto el solicitante reúne los extremos legales     establecidos por la norma aludida anteriormente.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.

 

POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
 

Artículo 1º.- Declárase exento de pago del Impuesto a los Automotores al ------------- Sr. Cóceres, Gerardo Juan Domingo, D.N.I. 11.931.326, con domicilio en la calle Guiraldes Nº 568 de nuestra ciudad, conforme al artículo 201º de la Ordenanza Fiscal Nº 6186, a partir del 01/01/2020 y hasta el 31/12/2020, respecto del vehículo  de su propiedad Dominio FCQ538, Marca Toyota, Modelo Corolla 1.8 XE I, Sedan 4 puertas, Año 2005, Cuenta V- 9500100846.---------------------------------------------
Artículo 2º.- La presente exención conservará su vigencia mientras no se ------------- modifique el destino, afectación o condiciones de su    procedencia, pudiendo ser revocada ésta cuando se determine falsedad en lo declarado por parte del interesado. ---------------------------------
Artículo 3º.- Déjase establecido que la transferencia a un tercero de un -------------- vehículo exento, como asimismo la modificación de las condiciones de destino o afectación por las cuales se acordó la exención del impuesto, deberá ser comunicado dentro del plazo de quince (15) días de verificado cualquier cambio conforme al artículo 34 inciso b) del Código Fiscal Ley 10.397 (T.O. 2011). ----------------------------------
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,           -------------- notifíquese,  publíquese y archívese.--------------------

D E C R E T O Nº1366.-
IP/at