Boletines/Mercedes

Decreto Nº921/2020

Decreto Nº 921/2020

Mercedes, 15/10/2020

Visto

Lo actuado en el Expediente Nº 4527/20, caratulado: “ASOCIACION CIVIL LOS CARTEROS s/ solicita ayuda económica, y;

Considerando

Que el Presidente de Asociación Civil “Los Carteros”, Señor Furriol Jonathan, solicita colaboración económica necesaria para la adquisición de materiales y mano de obra, destinados para la construcción de un salón de usos múltiples, en el predio de dicho club.

Que a fojas 15, la Coordinadora de Deportes, adhiere a la solicitud efectuada considerando conveniente brindar la ayuda requerida.

Que existe partida presupuestaria disponible.

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

                                                  D  E  C  R  E  T  A:

ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE a Asociación Civil “Los Carteros”, representada por su Presidente, Señor Furriol Jonathan, un subsidio por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.472.789,35), destinado a la construcción de un salón de usos múltiples, el cual beneficiara tanto la vida social como la deportiva en dicha institución.

La asistencia aludida le será entregada a la entidad beneficiaria en forma parcializada en dos (2) etapas, conforme al diagrama que se cita a continuación, debiendo acreditar de modo fehaciente el avance de obra en cada etapa, para poder efectivizar el monto correspondiente a la siguiente:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Etapa uno

Aberturas

$ 203,271.00

Techos

$ 396,288.35

Materiales gruesos

$ 673,230.00

Total materiales

$ 1,272,789.35

 

Etapa dos

 

Mano de obra

 

$1,200,00.00

 

TOTAL

$ 2,472,789.35

 

ARTÍCULO 2º.- El importe mencionado en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110109000. Categoría Programática 22.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 110.

ARTÍCULO 3º.- La entidad recurrente deberá efectuar una rendición final de cuenta en el plazo de 30 días posteriores al final de obra.

ARTÍCULO 4º.-Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.