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Resolución Nº1414/20

Resolución Nº 1414/20

General Pueyrredon, 03/11/2020

Visto

el presente actuado por el que se tramita sanción al proveedor VERRI BALADO MARIA VICTORIA, proveedor Nº 10426 por incumplimiento en el Concurso de Precios N° 73/18 y;

Considerando

Que por Resolución N° 293/19 de fecha 13 de Febrero de 2019 se adjudicó el Concurso de Precios N° 73/18 al proveedor VERRI BALADO MARIA VICTORIA por ser única oferta válida en Segundo Llamado.

 

                                  Que con fecha 25 de Febrero de 2019 se notificó al proveedor VERRI BALADO MARIA VICTORIA la Orden de Compra N° 112/19 correspondiente al Concurso de Precios adjudicado.

 

                                  Que con fecha 01 de Abril de 2019 el Departamento Operativo de Control de Playas y Servicio de Guardavidas intima mediante Cédula de Notificación al proveedor VERRI BALADO MARIA VICTORIA a la fabricación y entrega de los productos adjudicados.

 

                                 Que no obteniendo respuesta nuevamente el Departamento Operativo de Control de Playas y Servicio de Guardavidas mediante cédula de fecha 26 de Julio de 2019 intima a la entrega de la mercadería en un plazo de 48 hs. hábiles bajo apercibimiento de informar el incumplimiento a la Dirección General de Contrataciones.

 

                                      Que con fecha 31 de Julio de 2019 el Departamento Operativo de Control de Playas envía las actuaciones tendientes al cumplimiento de la obligación a la Dirección General de Contrataciones para la prosecución del trámite de imposición de sanciones a la firma incumplidora.

 

                                      Que posteriormente, el Departamento Operativo de Control de Playas y Servicio de Guardavidas intima nuevamente a la firma con fecha 21 de Octubre de 2019 a la entrega de la mercadería adjudicada.

 

                                      Que finalmente con fecha 03 de Diciembre de 2019 el proveedor dio cumplimiento a la entrega de lo adjudicado mediante Orden de Compra N° 112/19, siendo dicha situación informada por el Departamento Operativo de Control de Playas y Servicios de Guardavidas a la Dirección General de Contrataciones con fecha 23 de Diciembre de 2019.

 

 

                                    Que teniendo en cuenta la demora en el cumplimiento de la entrega de la mercadería de la Orden de Compra N° 112/19 y siendo que el proveedor no adujo motivos razonables que permitan esgrimir que se debió a razones de fuerza mayor que lo eximan de responsabilidad conforme Art. N° 120 del Decreto Provincial N° 2980/00, y no existiendo razones jurídicas que hayan impedido el cumplimiento contractual dentro del plazo legalmente estipulado es que se considera justo y prudente conforme Art. Nº 28 y 29 del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas particulares del Concurso de Precios N 73/18, la imposición de un LLAMADO DE ATENCION a la firma incumplidora, sanción que quedará registrada en el Legajo del Proveedor, y una multa equivalente al 1% del monto adjudicado a la firma VERRI BALADO en el marco del Concurso de Precios N 73/18, equivalente a la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE ($5.220,00).

 

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20,

 

 

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

 

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aplicar al proveedor VERRI BALADO MARIA VICTORIA, Proveedor Nº 10426, un LLAMADO DE ATENCION en el Registro de Proveedores conforme lo establecido en el capítulo de Sanciones y Multas del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Particulares del Concurso de Precios N° 73/18, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Aplicar a la firma VERRI BALADO MARIA VICTORIA, una multa de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE ($ 5220.00), equivalente al uno por ciento (1 %) del monto adjudicado y facturado por la firma, conforme lo establecido en el Art. 28 del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N 73/18.

 

ARTICULO 3º.- Intimar a la firma citada a que en el término de diez (10) días a partir de la recepción de la presente y para el supuesto de no registrar créditos disponibles que permitan dar cumplimiento al artículo precedente, deposite en las oficinas de la TESORERÍA MUNICIPAL en el horario de 08:00 a 14:00, el monto fijado en dicho precepto, ello bajo apercibimiento de adoptar las medidas administrativas y/o judiciales que resulten pertinentes.

 

ARTÍCULO 4º. Incorporar copia de la presente y de la constancia que acredite su notificación al legajo del proveedor.

 

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Municipal y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y la Contaduría General.

 

 

 

BLANCO