Boletines/Lobería

Decreto Nº956-20

Decreto Nº 956-20

Lobería, 14/07/2020

Solicita la designación de personal destajista

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.383/19, la Nota Nº 4.981/20, el Expediente Nº 4066-41/20; y

Considerando

QUE, por Nota registrada con el Nº 4.981/20, Expediente Nº 4066-41/20, el Secretario de Salud y Desarrollo Social de la Comuna, Dr. FRANCESCO J. FIORAMONTI, solicita la designación de personal destajista, para desempeñarse como agente promotor de la salud en los Centros de Atención Primaria de Salud, a partir del 1º de julio de 2020, por un plazo de seis (6) meses;

QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE  LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de personal destajista, a partir del 1º de julio de 2020, por un plazo de seis (6) meses, al Sr. ROBERTO ISMAEL GUTIERREZ, D.N.I. Nº 12.845.143, para desempeñarse como agente promotor de la salud en los Centros de Atención Primaria de Salud.

ARTÍCULO 2.- El monto mensual a abonar asciende a la suma de PESOS ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA CENTAVOS ($ 11.660.-) resultando, luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DIEZ MIL VEINTISIETE CON SESENTA CENTAVOS ($ 10.027,60.-) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 1.399,20. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 35.01 Dirección Centro de Atención Primaria de Salud – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros, Secretaría de Salud y Desarrollo Social y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                           JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                    INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 956-20