Boletines/Puan
Ordenanza Nº 7303/20
Puan, 23/12/2020
Corresp. al Expte N° 102/20
ORDENANZA
ORDENANZA N° 7 3 0 3 / 2 0
ARTÍCULO 1°.- Se convalidan los Decretos Ad-referéndum Municipales N° 707/2020 y 807/2020 por los cuales se solicitó las asistencias financieras a la Provincia de Buenos Aires en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, creado por el Decreto N° 264/20 y ratificado por la Ley N° 15.174.
ARTÍCULO 2°.- Se autoriza la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/20, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($57.434.000,00).
ARTÍCULO 3°.- La reprogramación autorizada en el artículo precedente tendrá las siguientes condiciones financieras:
ARTÍCULO 4°.- Se afectan, a favor de la provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley N° 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada.
ARTÍCULO 5°.- El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/20.
ARTÍCULO 6°.- Se gira la presente, y se da la intervención que corresponda, a los organismos y/o las reparticiones provinciales y/o nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y cumplido, archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES A VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. CARLOS LISANDRO. KOLLER, Presidente