Boletines/Puan
Resolución Nº 20/20
Puan, 28/10/2020
Visto
Que se ha presentado el Proyecto de Ley sobre la creación de “Mesa de diálogo y consenso por la educación”.-
Considerando
Que el sistema educativo debe asegurar las condiciones dignas edilicias y sanitarias, y la vuelta a clases en las escuelas de la Provincia de Buenos Aires debe resultar de acciones interinstitucionales coordinadas de los distintos niveles de gobierno, como así también de todos los actores que formen parte de la comunidad educativa, con el objeto de consensuar las políticas acordes a los rigurosos protocolos sanitarios estipulados.-
Que desde la puesta en vigencias del DNU 260/2020, sus modificatorios, ampliatorios y prórrogas, sobre emergencia pública en materia sanitaria se estableció para todas las personas el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, por un plazo determinado.-
Que, asimismo se estableció la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID19.-
Que por la Ley 15.165, declara el estado de Emergencia, Social, Económica, Productiva y Energética, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y que se han tomado medidas similares a las emanadas desde Nación por medio del Decreto Nº 127/2020 de fecha marzo del 2020.-
Que la Dirección General de Cultura y Educación mediante Resolución N° 554/20 resolvió establecer, como medida extraordinaria y excepcional, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario, institutos de educación superior, y todas las modalidades del sistema educativo provincial, por QUINCE (15) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020, medidas que fueron prorrogándose a lo largo de estos siete meses con las correspondientes resoluciones emanadas desde esta dirección para organizar el sistema educativo facultándose a los equipos directivos para adecuar sus establecimientos en cuanto a la atención de los alumnos y del trabajo de sus docentes y personal auxiliar.
Que se crea el programa “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la Emergencia Sanitaria”, destinado a trabajadores docentes y auxiliares, enmarcados en regímenes de suplencias que se encuentran imposibilitados de participar de los actos públicos que en condiciones habituales les permitirían acceder a cargos.
Que luego de la suspensión de las clases no se ha presentado un protocolo para volver a las escuelas para retomar las actividades pedagógicas presenciales de manera contextualizada y siguiendo los protocolos de seguridad que recomiendan las autoridades sanitarias nacionales y locales, siendo este un tema preocupante para los docentes y las familias.
Que es importante que el espacio de consenso y diálogo creado se integrara por:
a) representantes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires;
b) representantes del Consejo General de Educación;
c) representantes de los gremios docentes;
d) representantes de las Asociaciones cooperadoras y;
e) las fuerzas políticas representadas en la Honorable Legislatura.
Que es necesarios recopilar y mantener actualizada la información necesaria para el conocimiento preciso y real de la infraestructura escolar en la provincia de Buenos Aires como así también analizar y debatir la programación del inicio del ciclo lectivo 2021.
Que es imprescindible analizar los protocolos sanitarios propuestos por la Dirección General de Cultura y Educación para la reapertura presencial a los establecimientos educativos garantizando el regreso seguro a la actividad en las escuelas.
ES POR ELLO, que el Honorable Concejo Deliberante de Puan, en uso de facultades, que le son propias, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N Nº 2 0 / 2 0
ARTÍCULO 1º.- Solicítese a la Honorable Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires , el pronto tratamiento del Proyecto de Ley D-3757-20-21 sobre la creación de la Mesa de diálogo y consenso por la educación.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese a la Honorable Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Regístrese y Cumplido, Archívese.-
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE
GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. CARLOS LISANDRO. KOLLER, Presidente