Boletines/Ezeiza

Decreto Nº517/20

Decreto Nº 517/20

Ezeiza, 23/06/2020

Visto

el Expediente Nº 21746/2020 y

Considerando

Que, por el mismo el Sr. Melian Matías Daniel D.N.I. 39.870.550 con domicilio en la calle La Quiaca Nº 116 Bº Villa Golf de la Localidad de La Unión, Partido de Ezeiza, solicita un subsidio para la compra de una desmalezadora.

 

Que, atento a las facultades acordada al Departamento Ejecutivo, por la Ley Orgánica de las Municipalidades y por el Reglamento de Contabilidad.

 

Que, a fs. 2 y 2 vuelta existe encuesta socio económica.     

 

Que, a fs. 08 obra autorización del Sr. Intendente Municipal. 

 

Que, a fs. 10  la Contaduría Municipal informa que existe partida presupuestaria.

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º. Concédase al Sr. Melian Matías Daniel D.N.I. 39.870.550 con domicilio en la calle La Quiaca Nº 116 Bº Villa Golf de la Localidad de La Unión, Partido de Ezeiza, un subsidio económico por la suma de $10.000.- (Pesos Diez Mil) para la compra de una desmalezadora.

 

ARTICULO 2º. El gasto emergente del artículo anterior, será imputado a la partida: 5.1.4.0 SUBSIDIOS. - categoría programática: 01.00.00 ADMINISTRACION GENERAL – Jurisdicción: SECRETARIA DE ACCION SOCIAL – fuente de financiamiento: 110 ORIGEN MUNICIPAL, para hacer frente al gasto real emergente del presente Expediente.

 

ARTICULO 3º. El beneficiario deberá rendir oportuna cuenta a la Tesorería Municipal de la inversión de los fondos y adjuntar los comprobantes de los gastos en el plazo máximo de 30 días de recibidos los mismos.

 

ARTICULO 4º. La falta de rendición total o parcial imposibilitara el otorgamiento de futuros subsidios procediendo el Departamento Ejecutivo por la vía que corresponda al recupero de los fondos no rendidos.

 

ARTICULO 5º. Regístrese. Notifíquese a la Secretaria de Desarrollo Social. Pase a Contaduría Municipal a los fines de tomar la intervención que le compete. Hecho, archívese.