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Ordenanza Nº20115

Ordenanza Nº 20115

Bahia Blanca, 05/11/2020

VISTO

 

La situación que atraviesan desde hace muchos años algunas viviendas de la localidad de Ingeniero White, que presentan fisuras y/o rajaduras de gravedad, lo cual dificulta o imposibilita en muchos casos la habitabilidad por parte de las familias; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que el municipio viene trabajando esta problemática, e incluso desde este Honorable Concejo Deliberante se ha otorgado año a año la eximición en la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.

 

Que es de público conocimiento los inconvenientes que padecen los vecinos afectados debido a esta situación.

 

Que el número de viviendas afectadas aumenta progresivamente, ya que los movimientos de suelo siguen generándose.

 

Que los titulares de las mismas fueron eximidos del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía pública y Tasa de Salud durante los Ejercicios Fiscales 2001 al 2019.

 

Que es menester garantizar la continuidad de este beneficio durante el Ejercicio Fiscal 2020.


Por lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de.

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Exímase del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud a los titulares de las viviendas afectadas por fisuras y grietas en la localidad de Ingeniero White; durante el Ejercicio Fiscal 2020, a contar retroactivamente desde el 1 de enero del 2020.

 

Artículo 2° - Dicho beneficio abarcará exclusivamente a los titulares de las viviendas que aún no han sido reparadas y que se encuentren en el listado elaborado en la Delegación Municipal de Ingeniero White y que actualmente es supervisado por la Secretaría de Infraestructura del Municipio.

 

Artículo 3º - En el momento en que dichas viviendas sean reparadas y se firme el Acta de Recepción por parte del titular, expresando su conformidad con los trabajos realizados, caducará automáticamente el beneficio de la eximición.

 

Artículo 4º - Una vez promulgada la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo informará a las áreas correspondientes: Secretaría de Economía, Rentas, Recaudación, Sistematización de Datos, Delegación Municipal de Ingeniero White y toda aquella que se estime pertinente a los fines de que la presente ordenanza sea efectivamente cumplimentada, de manera que la eximición conste de forma inmediata en los recibos de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.

 

Artículo 5º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su  cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.