Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1950
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/10/2020
Visto los términos de la nota elevada a fs. 1 por la Secretaria del Instituto Cultural, mediante la cual se comunica que en virtud de la emergencia pública en materia económica, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social que ha aquejado a nuestro país en su conjunto debido a la pandemia de COVID-19, así como a la Provincia de Buenos Aires y a cada uno de los municipios que la integran, atendiendo a la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y a las prohibiciones de circulación a las personas no afectadas a actividades y servicios declarados esenciales durante la emergencia, circunstancia que ocasionó una merma significativa de las distintas actividades productivas, y particularmente aquellas vinculadas a los sectores del turismo y la cultura, poniendo en peligro el sostenimiento de los puestos de trabajo, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretó la creación del “Fondo Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” (DECRE-2020-644-GDEBA-GPBA), el cual se destinará exclusivamente para prestar asistencia financiera para la reactivación de las actividades turísticas y culturales afectadas por el COVID-19, a través de los municipios en cuya jurisdicción se desarrollen tales actividades, y
Considerando:
Que los establecimientos que pueden aplicar al mencionado Fondo son aquellos que previamente se haya inscripto en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”, con el fin de recabar la información necesaria para generar un mapa que permita visualizar la composición y distribución del entramado turístico-cultural bonaerense, que permita formular políticas adecuadas en el marco de las emergencias productiva y sanitaria declaradas dentro del ámbito de la Provincia y de este modo asistir de manera eficiente a las problemáticas identificadas, con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo (RESO-2020-453-GDEBA-MPCEITGP).
Que el Municipio de Bahía Blanca validó 109 establecimientos turísticos y culturales con sede en su jurisdicción, de acuerdo a las inscripciones que éstos realizaron en el mencionado catálogo.
Que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica informó que el coeficiente que se aplicó para la evaluación de los establecimientos de nuestra ciudad arrojó una ubicación en el puesto 24, y la consecuente asignación de un monto de $ 3.713.217 (pesos tres millones setecientos trece mil doscientos diecisiete).
Que la inscripción de los establecimientos en el Catálogo se realizó de forma voluntaria atendiendo a las publicaciones realizadas en el Parte de Prensa Municipal, las redes del Instituto Cultural y medios de prensa virtuales de nuestra ciudad.
Que en caso de que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires lance nuevas etapas de este mismo subsidio, se aplicarán los criterios establecidos en este decreto.
Que teniendo en cuenta el ingreso de dichos fondos a las arcas municipales, como indica el Decreto 1672/2020; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
D E C R E T A
PRIMERO: Autorízase al Instituto Cultural a asignar los montos recibidos en virtud de la creación del “Fondo Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” de acuerdo a los criterios establecidos a fs. 1 y 2, y en un todo de acuerdo al Considerando del presente Decreto.-
SEGUNDO: Encomiéndese a la Dirección General de Cultura y al Área de Turismo a realizar las correspondientes rendiciones ante el Instituto Cultural, dependencia que elevará las mismas ante la Secretaría de Economía.
TERCERO: Cúmplase, tome nota el Instituto Cultural, la Dirección General de Cultura, el Área de Turismo, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, Secretaría de Economía, y Tesorería, dése al R.O y RESÉRVESE.-