Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1899

Decreto Nº 1899

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/10/2020

Visto el Pedido de Adquisición Nº3523 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios de Coordinadora del Programa “Crianza Sin Violencia” en el marco del “Acta Acuerdo de Cooperación Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes”, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Bahía Blanca y;

 

CONSIDERANDO

Que frente a la necesidad de la prestación de servicios de una persona idónea para coordinar el Programa “Crianza Sin Violencia”, y visto que la señora Verónica Anahí SEIJAS, D.N.I. 28.063.117 viene cumpliendo con esta función de manera muy satisfactoria, conforme al Acta de Selección que obra en el Suministro  593r-5334/2019; según corre a fs. 2 donde consta la solicitud de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, la misma fue suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

-  D E C R E T A  -

 

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dicho profesional deberá contar con condiciones de idoneidad para trabajar con los diferentes cuadros patológicos y/o trastornos.

SEGUNDOAdjudíquese a la señora Verónica Anahí SEIJAS, D.N.I. 28.063.117 la prestación de servicios para integrar el Programa “Crianza Sin Violencia”, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020 y por la suma total depesos treinta y seis mil ($36.000) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCEROSe procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado laSubsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

CUARTO: Cúmplase, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.