Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1890

Decreto Nº 1890

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/10/2020

Visto la Solicitud de Pedido 3513 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios de una persona para operador de guardia 911; y
CONSIDERANDO: 
                                                  Que frente a la necesidad de contar con una persona para cumplir funciones como Operador de guardia del 911 en el marco de la Ley 13.298 a fin de conformar el Equipo de Operadores de Emergencia 911;  según corre a fs. 2 donde consta la nota de solicitud de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia;
                                                  Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Subsecretaria de Niñez, adolescencia y Familia; 
                                                   Que del Acta que corre a fs. 9 surge la selección del señor Simon Francisco OYANARTE COLLI, D.N.I. 37.006.552, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas; Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

-  D E C R E T A  -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que no existe personal idóneo disponible dentro del área para llevar adelante las tareas de Operador de Guardia 911 para formar parte del Equipo de los Operadores de Guardia del 911;
SEGUNDO: Adjudíquese al señor Simon Francisco OYANARTE COLLI, D.N.I. 37.006.552, la prestación de servicios para integrar el Equipo Técnico de Operadores de Guardia 911, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020, y por la suma total de pesos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta con ochenta y cuatro centavos ($59.540,84) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Cúmplase, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.