Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20098

Ordenanza Nº 20098

Bahia Blanca, 15/10/2020

VISTO

 

Las presentes actuaciones a fojas 64 por las que se modifica el artículo 1º y 4º de la Ordenanza Nº 19.917, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,

ORDENANZA

Artículo 1º – Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 19.917, el cual quedara  redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 1º – Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “Construcción de Cordón Cuneta y Badenes en calle Chubut entre Coronel Vidal y Félix Frías”, la cual tramita bajo Expediente Municipal Nº 410R- 2033-2019, conforme a los artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082 y sus modificatorias Nº 2201 y 2485, al Artículo 29º del Decreto Reglamentario Nº 754/76 y al Artículo 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; la cual comprende las calles: CHUBUT entre Félix Frías y Coronel Vidal (1 cuadra – ambas aceras)”.

 

Artículo 2º – Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 19.917, el cual quedara  redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 4º – La obligatoriedad de pago de la obra, conforme lo establece Artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, Artículo 29º al 31º, 34º y 36º al 39º inclusive y concordantes del Decreto Nº 754/76. A los efectos del Artículo 30º del citado Decreto, establézcase un sistema de prorrateo “POR FRENTE” según lo establecido en el Artículo 31º del mismo, siendo de aplicación sus artículos 64º y 65º (modificado según Ordenanza Nº 15.659), es decir que el valor de la obra se prorrateará entre los vecinos en función de la extensión lineal de los frentes de los inmuebles afectados, de acuerdo con sus títulos de propiedad y/o planos de mensura debidamente aprobados”.

 

Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A UN DIA DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.