Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1764

Decreto Nº 1764

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/10/2020

Visto la Solicitud de Pedido Nº3472 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios como cuidadora de niños y niñas que asisten al Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar; y

CONSIDERANDO: 
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora en el Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a fin de atender las necesidades de niños y niñas entre 6 y 12 años de edad, que concurren al Centro; según corre fs. 3 donde consta la nota de solicitud de la Dirección de la mencionada Institución;
Que a fs. 5 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea; 
Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, en base a toda la documentación que antecede, la que fue oportunamente evaluada en el suministro 5280/2019; del cual surge la selección de la Sra. María Natalia Sotomayor, D.N.I. 30.191.566 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de niños de entre 6 y 12 años de edad, resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. 
SEGUNDOAdjudíquese a la Sra. María Natalia Sotomayor, D.N.I. 30.191.566 la prestación de servicios como cuidadora para desempeñar tareas en el Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020, y por la suma total de pesos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis con seis centavos ($51566,06), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado alCentro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar.
CUARTO: Cúmplase, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.