Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1724
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/10/2020
Visto estos actuados por los que se tramita el llamado a Licitación Privada Nº 416R-3282-2020, para la ejecución de la obra "REFACCIÓN EDILICIA JARDÍN DE INFANTES Nº 952", y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 512 obra el acta de apertura de la Licitación Privada Nº 416R-3282-2020, cuyas propuestas han sido presentadas por la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L, que cotizó por un monto de $ 1.808.046,70 lo que significo una rebaja del 8.3 % con respecto al Presupuesto Oficial y la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L, que cotizó por un monto de $ 1.834.079,40 lo que significo una rebaja del 6.98 % con respecto al Presupuesto Oficial.
Que a fs.515 se encuentra el informe del Departamento Proyectos y Obras, mediante el cual expresa que la oferta más económica y conveniente corresponde a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., por lo que sugiere su adjudicación por un monto de $ 1.808.046,70.
Que el Departamento Compras y el Departamento de Registro de Licitadores, no formulan observaciones de acuerdo a lo expuesto a fs. 515 vta.
Que por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta la presente obra se ha cargado a Sistema RAFAM, según consta Solicitud de Pedido Nº 416R-3282-2020, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETO
ARTICULO 1°: Adjudicar a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L, la ejecución de la obra:"REFACCIÓN EDILICIA JARDÍN DE INFANTES N° 952" por un monto de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHO MIL CUARENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.808.046,70.-), de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y demás antecedentes obrantes en el expediente 416R-3282-2020.-
ARTICULO 2°: El gasto dispuesto en el Art.1º deberá imputarse a la Partida Fuente: 132, Jurisdicción: 1110105000, Categ. Prog.62.01.00, Gasto: 5460, del Presupuesto de Gastos.
ARTICULO 3°: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la fecha de su notificación, deberá presentar la garantia de contrato debidamente legalizado y concurrir a firmar el contrato respectivo, advirtiéndole que en caso de incumplimiento se adoptarán medidas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 4°: Cúmplase; dése al R.O.; Notifiquese a las Empresas oferentes; tomen conocimiento los Departamentos Proyectos y Obras, Registro de Licitadores y Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente.