Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1197/2020
Brandsen, 11/09/2020
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-26.958/20 por el cual GOÑI HILDA ESTELA CUIL 27-11392910-9 y VILLARRUEL CLAUDIO ALBERTO CUIT 20-22506516-1 solicita una ampliación de rubro bajo el rubro “AGENCIA RECEPTORA DE PEDIDOS DE REMIS Y PUNTO DE PAGO FACIL”, en el inmueble ubicado en Alberti N° 819, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 14 - Parcela 16 – U.F. 2 y, correspondiente a la Partida Nº 29395, y;
Considerando
Que a fs. 33 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por GOÑI HILDA ESTELA CUIL 27-11392910-9 y VILLARRUEL CLAUDIO ALBERTO CUIT 20-22506516-1 en relación al inmueble sito en calle Alberti N° 819, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 14 - Parcela 16 – U.F. 2 y, correspondiente a las cuentas 29395 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “AGENCIA RECEPTORA DE PEDIDOS DE REMIS Y PUNTO DE PAGO FACIL” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTICULO 1º.- Otorgase a GOÑI HILDA ESTELA CUIL 27-11392910-9 y VILLARRUEL CLAUDIO ALBERTO CUIT 20-22506516-1 una ampliación de rubro bajo el rubro “AGENCIA RECEPTORA DE PEDIDOS DE REMIS Y PUNTO DE PAGO FACIL”, en el inmueble ubicado en Alberti N° 819, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 14 - Parcela 16 – U.F. 2 y, correspondiente a la Partida Nº 29395.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-