Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1184
Brandsen, 10/09/2020
Visto
Visto el Decreto Nº 1118/2020, y;
Considerando
Que en su artículo 5º expresa “Solo podrán acceder a las actividades descriptas en el artículo 1º del presente los residentes del Distrito de Brandsen”;
Que del desarrollo de las actividades exceptuadas se han detectado situaciones que obstaculizan su eficaz aplicación por diversos motivos;
Que la Municipalidad de Brandsen tiene la facultad de producir las modificaciones necesarias tendientes a mejorar y dinamizar las normativas internas;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Modificase el artículo 5º del Decreto Nº 1118/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÌCULO 5º.- Sólo podrán acceder a las actividades descriptas en el artículo 1º del presente los residentes del Distrito de Brandsen y/o los socios de las instituciones deportivas prestadoras.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su sanción.-
ARTICULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese;