Boletines/Brandsen

Decreto Nº1164

Decreto Nº 1164

Brandsen, 07/09/2020

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-26.965/20 por el cual IRIARTE GUADALUPE CUIT 27-27196652-6 solicita una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “DESPENSA”, en el inmueble ubicado en calle Alberti esquina sin nombre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección H – MZ 150w  – Parcela 7 y, correspondiente a la Partida Nº 31572, y;

Considerando

Que a fs. 25 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO Especial iniciado por IRIARTE GUADALUPE, CUIT  27-27196652-6, en relación al Inmueble sito en calle Alberti esquina sin nombre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección H – MZ 150w – Parcela 7 y, correspondiente a las cuentas 31572 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “DESPENSA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que según la Ordenanza Nº 1305 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva, dicho plazo podrá ser prorrogado por 180 ( ciento ochenta) días corridos por el Departamento Ejecutivo” y en el Art. 9 establece : “Quienes se incorporen al régimen estatuido por la presente Ordenanza, deberán abonar al momento de gestionar la ATF el 25% de la Tasa por Habilitación de comercio e industria establecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;          

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a IRIARTE GUADALUPE CUIT 27-27196652-6, una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “DESPENSA”, en el inmueble ubicado en calle Alberti esquina sin nombre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección H – MZ 150w  – Parcela 7 y, correspondiente a la Partida Nº 31572.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-