Boletines/Brandsen

Decreto Nº1148

Decreto Nº 1148

Brandsen, 01/09/2020

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-26.894/20 por el cual FUMIERE ANA JULIA CUIT 27-30795181-4 solicita una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “LIBRERIA”, en el inmueble ubicado en calle Sáenz Peña Nº 292 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección G – MZ 110b – Parcela 8 y, correspondiente a la Partida Nº 10247, y;

Considerando

Que a fs. 22 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO Especial iniciado por FUMIERE ANA JULIA CUIT 27-30795181-4, en relación al Inmueble sito calle Sáenz Peña Nº 292 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección G – MZ 110b  – Parcela 8 y, correspondiente a las cuentas 10247 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 1 (uno), por tratarse de rubro “LIBRERIA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Castillo Camila. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que según la Ordenanza Nº 1305 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva, dicho plazo podrá ser prorrogado por 180 ( ciento ochenta) días corridos por el Departamento Ejecutivo” y en el Art. 9 establece : “Quienes se incorporen al régimen estatuido por la presente Ordenanza, deberán abonar al momento de gestionar la ATF el 25% de la Tasa por Habilitación de comercio e industria establecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;          

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a FUMIERE ANA JULIA CUIT 27-30795181-4, una habilitación de comercio Especial bajo el rubro “LIBRERIA”, en el inmueble ubicado en calle Sáenz Peña Nº 292 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección G – MZ 110b – Parcela 8 y, correspondiente a la Partida Nº 10247.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-