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Resolución Nº1738/2020

Resolución Nº 1738/2020

Daireaux, 06/07/2020

Visto

 

La importancia que reviste trabajar en prevenir e informar acerca del Gooming.

 

Considerando

Que el Grooming es una serie de conductas y acciones emprendidas por un adulto a través de internet, con el objetivo de ganarse la  amistad de un menor de edad, y de poder abusar sexualmente de él.

Que en la Argentina el Grooming es un delito, descripto en la Ley 26.904 sancionada el 13 de noviembre de 2013.

Que estas acciones generalmente derivan no solo en el abuso sexual del menor sino también de la extorsión por parte del adulto.

Que el Grooming es la tercera forma de violencia sexual más frecuente en niños y niñas de Argentina, según datos aportados por UNICEF al mes de octubre de 2019.

Que se estima que hay más de 5 millones de acosadores sexuales en la red.

Que 1 de cada 5 jóvenes es acosado sexualmente en línea y 4 de cada 10 han recibido mensajes de índole sexual, mientras que solamente 1 de cada 10 adultos se estera de esta situación.

Que desafortunadamente se calcula que estos números aumentaron cerca del 30% durante la pandemia.

Que consideramos necesario revitalizar campañas en virtud de que dada la pandemia los niños, niñas y adolescentes están más tiempo conectados y por lo tanto más expuestos a estos peligros.

 Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

R E S U E L V E

ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, la realización de una campaña municipal que tenga por objeto principal informar a acerca de qué es el Grooming, la importancia de prevenirlo, sus nuevas formas y cómo denunciarlo.

ARTICULO 2°: CUMPLASE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.