Boletines/Magdalena
Decreto Nº 577/20
Magdalena, 30/06/2020
Visto
Las actuaciones del Expediente Letra “V” Nro. 498/2020 que enmarcan y dan forma a la solicitud de Eximición presentada por el Sr. VILLARREAL SANDRO MARTÍN –DNI 26.351.463 para gozar de los beneficios establecidos en el Capítulo XI – Artículo 67º de la Ordenanza Fiscal Nº 3694/2019 vigente para el Ejercicio 2.020.
A fs. 2 obra la documentación correspondiente a la mencionada contribuyente, domiciliada en calle Ensenada e/ 25 de Mayo y 9 de Julio de la localidad de Magdalena, quien se encuentra tramitando la habilitación por traslado de un comercio; y
Considerando
Que el Sr. VILLARREAL SANDRO MARTIN posee como diagnóstico “Hipoacusia neurosensorial, bilateral”.
Que consta a fs. 2 de las presentes actuaciones el certificado de discapacidad correspondiente extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. El mismo posee validez hasta el día 10/06/2029, y el interesado deberá presentar ante las oficinas correspondientes de la Municipalidad de Magdalena, el nuevo certificado vigente a partir de la fecha mencionada con anterioridad para solicitar el beneficio de eximición por un nuevo plazo.
Que se cumplen las condiciones establecidas en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente para el Ejercicio 2.020, en los términos de la Ordenanza Nº 525/88.
Que en el presente Decreto se considera la Eximición en forma genérica respecto de los tributos derivados del ejercicio de Actividades Comerciales y de los Derechos de Oficina correspondientes, no siendo necesario en este caso una vez otorgada la Habilitación de Comercio, un nuevo Acto Administrativo respecto de las Tasas y Derechos específicos que deriven del ejercicio de la actividad comercial, ya que el contribuyente ya posee un beneficio de Eximición respecto del Legajo N° 62311 (Decreto Nro. 97/2020) sobre el cual se tramitará el traslado de domicilio comercial.
Por lo expuesto,
el Intendente Municipal de Magdalena en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Otórguese, por las razones expresadas en el exordio, la exención del pago de los tributos derivados del ejercicio de Actividades Comerciales y de los Derechos de Oficina correspondientes (Inicio de Expediente hasta 5 fojas -más excedentes-, Libro de Inspección, Certificado de Habilitación, Libretas Sanitarias Municipales y/o Nacionales, Libros de Inspección, Tasa por Habilitación de Comercio/Industria, Solicitud de tipo: Anexión de Rubro-Traslado de Domicilio Comercial-Cese Comercial) al Sr. VILLARREAL SANDRO MARTÍN –DNI 26.351.463, domiciliado en Ensenada e/ 25 de Mayo y 9 de Julio de la localidad de Magdalena, Provincia de Buenos Aires. El beneficio tendrá validez a partir del día de la fecha y hasta el día 10/06/2029 (plazo de validez del certificado de discapacidad presentado en las actuaciones).
ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés García.
ARTÍCULO 3: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda