Boletines/Tornquist

Resolución Nº31/20

Resolución Nº 31/20

Tornquist, 20/10/2020

Visto

El Proyecto de Declaración  presentado por la Senadora Provincial   Felicitas,  Beccar Varela, que tramita bajo el  Expte. : F 518 2020-2021 en la Honorable Cámara de  Senadores de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual  se propone: “Al Poder Ejecutivo Provincial, instruya a la Dirección General de Cultura y Educación ordenar el retorno a clases presenciales en la educación obligatoria”, y;

 

Considerando

Que el presente proyecto tiene como objetivo que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente las medidas necesarias para retorno a las clases presenciales en la educación obligatoria de acuerdo al “Protocolo Marco y Lineamientos Federales para el retorno a las clases presenciales en la educación obligatoria y en los institutos superiores” establecido por la Resolución 364/2020 del Consejo Educativo Federal;

Que a través de la Resolución N°423/2020 el Ministerio de Educación de la Nación creó el “Consejo Asesor para la Planificación del Regreso Presencial a las Aulas” cuyas funciones, entre otras, son: asesorar en cuanto la planificación y adopción de normas generales y de alcance federal, por los órganos competentes, a fin de que el regreso de los y las estudiantes, docentes, personal directivo y no docente a los establecimientos educativos de educación inicial, primaria, secundaria, superior no universitaria y universitaria, cuente con fundamentos basados en criterios técnicos y científicos, tomando en consideración, también, experiencias internacionales y las particularidades y fases del aislamiento social, preventivo y obligatorio, así como la evolución de la pandemia en cada jurisdicción;

Que en ese marco se elaboró un protocolo de alcance federal que establece recomendaciones y condiciones para el reinicio de clases presenciales, las exigencias en torno al distanciamiento social, normas de seguridad e higiene y elementos de cuidado y brindar información y recomendaciones sobre las medidas de actuación frente a la presencia de casos sospechosos y/o diagnosticados en las aulas, conforme a los lineamientos de la autoridad sanitaria nacional;

Que el “Protocolo Marco y Lineamientos Federales para el retorno a las clases presenciales en la educación obligatoria y en los institutos superiores”, aprobado por la Resolución  364/2020 del Consejo Federal de Educación, constituye un piso mínimo de requerimientos para la apertura de instituciones educativas, a partir de los cuales cada jurisdicción podrá agregar criterios adicionales;

Que tomando en cuenta la situación epidemiológica en cada región, las recomendaciones sanitarias formuladas por el Consejo Asesor, los protocolos de seguridad sanitaria en escuelas aprobados y las consideraciones pedagógicas y de política educativa;

Que condiciones socio-demográficas, el tránsito progresivo a la presencialidad dará prioridad, a las zonas rurales y rurales aisladas dado que tienen baja densidad poblacional, menor uso de transporte público, zonas libres de casos COVID-19, y a los/as estudiantes tienen menos posibilidades de continuidad pedagógica a distancia por las limitaciones de conexión a internet y de menor acceso a dispositivos electrónicos;

Que segun lo indica el estudio "Covid-19 en Argentina: impacto socioeconómico y ambiental" de Naciones Unidas, uno de los problemas centrales es la ausencia o mala conectividad a Internet, lo que dificulta enormemente el contacto con sus docentes. El 18% de los adolescentes de entre 13 y 17 años no cuenta con Internet en el hogar y el 37% no dispone de dispositivos electrónicos para realizar las tareas escolares, valor que trepa al 44% entre quienes asisten a escuelas estatales. Todo ello, contribuye a provocar un gran número en materia de deserción escolar;

Que es  imprescindible entender que mantener a los alumno  fuera de la escuela no solo los priva de un derecho fundamental que es el de aprender sino que pone en riesgo su salud ya que han disminuido la actividad física y su posibilidad de recreación y juego, alterado su descanso, en algunos casos no duermen bien, presentan problemas nutricionales y hasta depresión y/o ansiedad. Los chicos pueden sufrir estados de aislamiento social, que a su edad son difíciles de procesar;

Que estamos frente a una necesidad social y emocional para que los chicos compartan con sus pares, situación que es imprescindible para que se dé el proceso de aprendizaje;

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Celebramos y adherimos a la iniciativa, al proyecto de Declaración presentado por la Senadora Provincial   Felicitas,  Beccar Varela, que tramita bajo el  Expte. : F 518 2020-2021 en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual  se propone: “Al Poder Ejecutivo Provincial, instruya a la Dirección General de Cultura y Educación ordenar el retorno a clases presenciales en la educación obligatoria”.-

ARTÍCULO 2º: Este Honorable Concejo Deliberante solicita a la Senadora Felicitas Beccar Varela, autora de este Proyecto y por su intermedio a todo el Cuerpo de Senadores/as de la Provincia de Buenos Aires, tengan a bien en el marco de esta propuesta, hacer hincapié en la vuelta a la presencialidad a los últimos años del nivel primario  y  secundario, dado que resulta imperioso tener la posibilidad de evaluar en un ámbito de intercambio inter-personal, con seriedad y  responsabilidad, las trayectorias de los aprendizajes en pos de poder acceder al próximo nivel de la enseñanza adecuadamente.-

ARTÍCULO 3º: Envíese copia a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires, Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en especial, Senadora Provincial Felicitas,  Beccar Varela de Juntos por el Cambio.-

ARTÍCULO 4°: Remítase copia de la presente a los  Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-