Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 586
Exaltación de la Cruz, 03/09/2020
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 y sus prorrogas del Poder Ejecutivo Nacional, los Decretos 498 y prorrogas de la Provincia de Buenos Aires y el Expediente Administrativo N° 4036-47104-0-2020 de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y;
Considerando
Que por el Decreto N° 260/2020, el Gobierno Nacional amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19;
Que mediante el Decreto N° 297/20, el Gobierno Nacional, Decreto el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” desde el día 20 hasta el 31 de Marzo del corriente año, debido a la gravedad de la situación, la cual fue prorrogada por los Decretos N° 325, 355, 408, 459 y 493/20 respectivamente, fijando esta ultima la fecha del 07 de Junio de 2020;
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en concordancia con lo determinado por el Gobienro Nacional, dicto el Decreto N° 132/2020, por el cual establece la Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por el termino de 180 días;
Que en igual sentido el Señor Intendente Municipal, dicto el Decreto N° 176/2020, por el cual fija la Emergencia Sanitaria en todo el partido de Exaltación de la Cruz, por igual termino que fuera establecido por la Provincia de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, en su Artículo 6° se fijan las actividades que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de su Prohibición de Circular;
Que como consecuencia de la Emergencia Sanitaria se procedió al cierre del Cementerio Municipal desde el día 20 de Marzo a fin de proteger la salubridad pública.
Que por resolución administrativa 2094/2020 del Ministerio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Pcia de Buenos Aires el municipio de Ex de la Cruz se encuentra en Fase 4 según Anexo II de dicha resolución pudiendo autorizar las actividades enumeradas según Anexo I las cuales quedan sujetas al cumplimiento de los Protocolos Sanitarios establecidos en cada jurisdicción para lo cual cada intendente podrá dictar los actos administrativos pertinentes. -
Que desde dicho momento el partido de Ex de la Cruz cuenta con una gran cantidad de actividades exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio no encontrando un impedimento a la apertura del cementerio local.
Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
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Artículo 1º |
AUTORIZAR la apertura del Cementerio Local a partir del día 05 de Septiembre del corriente en el horario de 08.00 a 14.00 hs.- |
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Articulo 2 |
APROBAR el Protocolo Sanitario y de Funcionamiento que como Anexo I forma parte del presente Decreto.- |
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Artículo 3º |
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria en el Departamento de Gobierno, Hacienda y Desarrollo Social.- |
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Artículo 4º |
Cumplase, Comuniquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archivese. - |
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DECRETO N° |
586.- |
Lic. Diego Eduardo Nanni - Intendente Municipal
Dra. Maria Luz Bozzani - Secretaria de Gobierno, Hacienda y Desarrollo Social