Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº586

Decreto Nº 586

Exaltación de la Cruz, 03/09/2020

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 y sus prorrogas del Poder Ejecutivo Nacional, los Decretos 498 y prorrogas de la Provincia de Buenos Aires y el Expediente Administrativo N° 4036-47104-0-2020 de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y;

Considerando

Que por el Decreto N° 260/2020, el Gobierno Nacional amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19;

Que mediante el Decreto N° 297/20, el Gobierno Nacional, Decreto el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” desde el día 20 hasta el 31 de Marzo del corriente año, debido a la gravedad de la situación, la cual fue prorrogada por los Decretos N° 325, 355, 408, 459 y 493/20 respectivamente, fijando esta ultima la fecha del 07 de Junio de 2020;

Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en concordancia con lo determinado por el Gobienro Nacional, dicto el Decreto N° 132/2020, por el cual establece la Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por el termino de 180 días;

Que en igual sentido el Señor Intendente Municipal, dicto el Decreto N° 176/2020, por el cual fija la Emergencia Sanitaria en todo el partido de Exaltación de la Cruz, por igual termino que fuera establecido por la Provincia de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, en su Artículo 6° se fijan las actividades que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de su Prohibición de Circular;

Que como consecuencia de la Emergencia Sanitaria se procedió al cierre del Cementerio Municipal desde el día 20 de Marzo a fin de proteger la salubridad pública.

Que por resolución administrativa 2094/2020 del Ministerio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Pcia de Buenos Aires el municipio de Ex de la Cruz se encuentra en Fase 4 según Anexo II de dicha resolución pudiendo autorizar las actividades enumeradas según Anexo I las cuales quedan sujetas al cumplimiento de los Protocolos Sanitarios establecidos en cada jurisdicción para lo cual cada intendente podrá dictar los actos administrativos pertinentes. -

Que desde dicho momento el partido de Ex de la Cruz cuenta con una gran cantidad de actividades exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio no encontrando un impedimento a la apertura del cementerio local.

Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1º

AUTORIZAR la apertura del Cementerio Local a partir del día 05 de Septiembre del corriente en el horario de 08.00 a 14.00 hs.-

 

 

Articulo 2

APROBAR el Protocolo Sanitario y de Funcionamiento que como Anexo I forma parte del presente Decreto.-

 

 

Artículo 3º

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria en el Departamento de Gobierno, Hacienda y Desarrollo Social.-

 

 

Artículo 4º

Cumplase, Comuniquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archivese. -

 

 

DECRETO N°

 586.-

 

Lic. Diego Eduardo Nanni - Intendente Municipal

Dra. Maria Luz Bozzani - Secretaria de Gobierno, Hacienda y Desarrollo Social

Anexos

ANEXO I

PROTOCOLO

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