Boletines/Tandil

Decreto Nº2178/2020

Decreto Nº 2178/2020

Tandil, 15/10/2020

Visto

La información suministrada por C.R.E.T.A.L. respecto de los consumos de energía eléctrica efectuados por distintos clubes del área rural durante los meses de Mayo a Agosto de 2020; y

Considerando

El artículo 10° de la Ordenanza N° 12130.

Que se han expedido el Director de Presupuesto y la Contadora General.

Por todo ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Procédase a extender orden de pago por la suma total de Pesos siete mil ochocientos setenta y tres con sesenta y siete centavos ($ 7.873,67), a favor de clubes del área rural de Tandil, en concepto de subsidios con cargo de rendición de cuentas por el consumo de energía eléctrica durante los meses de Mayo a Agosto de 2020, en el marco de lo dispuesto por el artículo 10° de la Ordenanza N° 12130, y de acuerdo con el siguiente detalle:

                

Institución

Pers. Jur.

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Total

ASOC. CIVIL DEP. PJE. RURAL,

LA PATRIA

38505

$ 249,86

$ 378,96

$ 362,30

$ 366,47

$ 1.357,59

CLUB FERROVIARIOS, GARDEY

10095

$ 796,49

$ 519,53

$ 51,17

-----

$ 1.367,19

CLUB M. MORENO

9993

$ 158,25

$ 154,08

$ 170,74

$ 166,58

$ 649,65

CLUB SOCIAL, VELA

2368

$ 231,07

$ 16,12

$ 1.063,99

$ 1.133,85

$ 2.445,03

CLUB DEFENSORES DE LA CANAL

3354

$ 438,62

$ 389,88

$ 341,15

$ 337,09

$ 1.506,74

CENTRO SOCIAL VELENSE

7070

$ 210,36

$ 174,71

$ 83,09

$ 79,31

$ 547,47

 

TOTAL

$ 7.873,67

Artículo 2°: Las entidades beneficiarias de los subsidios dispuestos en el artículo precedente, deberán presentar en la Contaduría General, previo al pago, la rendición de cuentas del pago inmediato anterior, en cumplimiento del artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 3°: La erogación respectiva se imputará a la partida mencionada por la Dirección de Presupuesto en el informe obrante en el presente expediente.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome conocimiento Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Angel Lunghi  (Secretario)          -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                     -                     Intendencia