Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº473

Decreto Nº 473

Exaltación de la Cruz, 31/07/2020

Visto

La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y;

Considerando

Que es intención prioritaria de este Gobierno Municipal brindar el apoyo a las Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio;

Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo:

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1º

Otorgase la suma de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000,00), en concepto de Subsidio a favor de la Escuela Media Nº 1, mediante Registro de Devengado N° 9048, de fecha 3 de Julio del corriente año.-

 

 

Artículo 2º

Otorgase la suma de pesos veintiséis mil ochocientos ($ 26.800,00), en concepto de Subsidio a favor de la Escuela Media Nº 1, mediante Registro de Devengado N° 9053, de fecha 3 de Julio del corriente año.-

 

 

Artículo 3º

Otorgase la suma de pesos quince mil quince ($ 15.015,00), en concepto de Subsidio a favor de la Escuela Media Nº 1, mediante Registro de Devengado N° 9611, de fecha 13 de Julio del corriente año.-

 

 

Artículo 4º

Otorgase la suma de pesos treinta y un mil cuatrocientos ochenta ($ 31.480,00), en concepto de Subsidio a favor de la Escuela Media Nº 1, mediante Registro de Devengado N° 9906, de fecha 17 de Julio del corriente año.-

 

 

Artículo 5º

Otorgase la suma de pesos ciento veintitrés mil ochentra y tres con sesenta y tres centavos ($ 123.083,63), en concepto de Subsidio a favor de la Escuela Media Nº 1, mediante Registro de Devengado N° 10034, de fecha 20 de Julio del corriente año.-

 

 

Artículo 6º

Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 3 Partida Parcial 6 Partida Subparcial 0 “TRANSFERENCIAS A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA”.-

 

 

Artículo 7º

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria en el Departamento de Gobierno.-

 

 

Artículo 8º

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.-

 

 

DECRETO   Nº

473.-

Fdo. Lic. Diego Eduardo Nanni - Intendente Municipal

DRa. María Luz Bozzani - Secretaria de Gobierno, Hacienda y Desarrollo Social