Boletines/General Belgrano

Decreto Nº0817/2020

Decreto Nº 0817/2020

General Belgrano, 12/06/2020

Visto

el expediente 4041-G-15945/17; y,

Considerando

Que por el mismo el Sr. Julio Armando González – DNI: 5.217.781, quien posee Certificado de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud de la Pcia. de Buenos Aires, ha solicitado la exención de pago respecto al Impuesto Automotor AQZ504 – Cuenta 5600005038, por el período 2020, en virtud de encontrarse indicado en el Titulo XVII – BENEFICIOS IMPOSITIVOS, Articulo 122°, Inciso 7° de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.

Que ha cumplimentado los requisitos que la norma dispone.

Que a fojas 41, el Departamento General Administrativo de Ingresos Públicos estima que corresponde exceptuar el pago de las cuotas correspondientes al año 2020 del impuesto automotor de la cuenta N°5600005038.

Que corresponde el dictado del acto administrativo.  

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1º: Eximir del pago de las cuotas correspondientes al año 2020 del Impuesto a los Automotores al vehículo, dominio AQZ504 – imponible 5600005038, de acuerdo a lo indicado en el titulo XVII – BENEFICIOS IMPOSITIVOS, Articulo 122°, Inciso 7° de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. .--

Artículo 2°: Facultar al Departamento de Procesamiento de Datos a realizar las adecuaciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo expuesto precedentemente.--

Artículo 3°: Notificar al peticionante que deberá solicitar anualmente la exención que corresponda a ejercicios futuros.--

Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdor. Enrique Acha.--

Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón Descentralización Tributaria, Procesamiento de Datos, Atención al Público, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--