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Ordenanza Nº152/2020

Ordenanza Nº 152/2020

Balcarce, 22/10/2020

VISTO:

                           La necesidad de crear institucionalmente la Mesa Local Intersectorial de Mujeres, Políticas de género y diversidades, y

CONSIDERANDO:

                           Que la mesa local será el espacio donde se concertarán y organizarán las acciones generando así políticas públicas a nivel municipal.

Que la formación de Mesas Locales se enmarca dentro del Sistema Integrado Provincial (SIP) buscando establecer ejes de articulación entre los actores de la comunidad construyendo modalidades de abordaje integral en materia de violencia por razones de género.

                            Que deben las Mesas Locales apoyarse en la Mesa Intersectorial Provincial quien elaborará los pronunciamientos político-técnicos rectores y respaldará el accionar de las mismas.

                            Que las mesas locales deberán aportar información sobre aspectos de la realidad del territorio a la mesa intersectorial que no hayan sido visualizados desde la gestión provincial.

                            Que si bien los casos detectados o denunciados deben canalizarse a través del primer nivel de contención municipal (área de género, desarrollo social, salud, comisión de la mujer, organizaciones sociales o comunitarias dedicadas a la temática, etc).

                           Que la mesa local  se inscribe como un proceso de trabajo que determinará su modo y forma de funcionamiento: días y horas de encuentros, libro de actas, formación de comisiones de trabajo, acciones a realizar, agenda común, modalidad de articulación frente a la resolución de un caso concreto debido a la complejidad en la temática; teniendo en cuenta que la mesa se encargará de abordaje genérico e integrado.

                           Que en la Provincia de Buenos se creó el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, con el objeto de institucionalizar la coordinación de políticas públicas que impulsen una agenda común y un abordaje conjunto desde todas las áreas del Estado.  

                           Que se creó la Mesa Provincial Intersectorial, la cual propone un Sistema Integrado de prevención y atención de la violencia familiar.

                           Que en el marco de apertura del Ministerio se creó el Consejo de Articulación de Políticas de Género y Diversidad Sexual, el que se enmarca en la necesidad de que el Estado intervenga en las problemáticas de las mujeres en sintonía, con jerarquización de los ámbitos institucionales de género y diversidades en los municipios.

Que funciona en el ámbito municipal una mesa local intersectorial de violencia que funciona de hecho desde el año 2016 y constituida por decreto en el año 2011.

 

                              Que desde el Honorable Concejo Deliberante se debate sobre la temática de violencia desde el seno de la Comisión de la Mujer, recientemente denominada de la Mujer, Género y Diversidad.

                              Que se requiere conformar formalmente la mesa local para políticas de género y diversidad, con el objeto de articular con el gobierno provincial un abordaje integral con la participación de las organizaciones de la sociedad civil y todos los poderes del estado.

                              Que es menester constituir un espacio donde se organizarán y concertarán las acciones en relación con la problemática de violencias, prevención, capacitación, conformación de redes de abordaje y contención en territorio.

                               Que la mesa de trabajo deberá construir un marco teórico-conceptual sobre el cual posicionarse como actores, contar con un lenguaje compartido, conformarla con amplitud, de modo tal que tenga una intervención eficaz generando una red que fortaleza a las víctimas de violencia y fomentar la participación de clubes de barrio, sociedades de fomento, área de género de partidos políticos, sindicatos, ONG`S, entidades intermedias, entre otras.

                              Que el estado municipal, deberá entender en todos los aspectos relacionados con las violencias por razones de género e implementar Políticas Públicas que se requieran a fin de combatir y erradicar las mismas fundado en la comprensión de que se trata de un grave problema social y de Derechos Humanos multicausal y multidimensional.

                              Que esta problemática requiere un cambio de paradigma, que contemple no sólo a quienes padecen las violencias y discriminaciones, sino también a quienes la ejercen.

                              Que es necesario construir estrategias coordinadas de acciones y de una planificación colectiva que brinden respuestas integrales a las problemáticas de las violencias por razones de género que surjan en el distrito.

                              Que es importante el desarrollo del seguimiento de casos que permita una lectura analítica de las acciones emprendidas.

                              Que se propondrá tomar situaciones testigo a fin de reconstruir el recorrido o ruta crítica que se realizó para llevar adelante el proceso de salida de una situación de violencia, evitando lare victimización ni superposición de acciones por los organismos que intervengan en el asunto.

                                Que la mesa conformada realizará un diagnóstico situacional sobre los componentes de la mesa, la presentación de los participantes en relación a su procedencia y su vinculación con la temática, que le permitirá reconocer y establecer los diferentes niveles de intervención, cualificando la misma. Así como también deberá visualizarse la situación

 

 

territorial en relación a la problemática (porcentaje de mujeres afectadas, sexo, edad, respuestas institucionales, etc)

                       Que el estado de situación y diagnóstico inicial permitirá diagramar los posteriores encuentros con ejes de trabajo definidos y diseñados a tales fines.

                       Que se recurrirá en el marco de la mesa local de violencia, a dos instrumentos imprescindibles para abordar la situación: el recursero y la hoja de ruta.

                        Que la hoja de ruta refiere a los lugares por los que transitará la mujer o las identidades LGTB+ en el proceso de salida de una situación de violencia.

                        Que el recursero deberá completarse con datos formales e informales de cada institución u organismo (referentes, días, horarios, modos de intervención de su municipio, etc), siendo parte de un sistema dinámico, que deberá actualizarse y monitorear la información con periodicidad.

                        Que la producción de ambos recursos permitirá conocer los pasos a seguir para restituir y garantizar los derechos de las mujeres, las competencias institucionales, las debilidades o carencias y los obstáculos de coordinación, evitando superposición de los lugares de abordaje y la doble victimización de las mujeres.

                        Que la posibilidad de construir un recursero y una hoja de ruta da cuenta la eficacia o no del trabajo en red en la Mesa Intersectorial local.

Que un factor determinante es la comunicación, herramienta clave para alcanzar los objetivos planteados en la mesa, lo que permite definir prioridades y (el que, como y para qué).

                        Que la comunicación interna da cohesión y fortalece los intercambios en el seno de la mesa, y la comunicación externa busca conseguir los objetivos propuestos y centra su accionar en las vinculaciones con aquellas instituciones y/o personas que se consideran interlocutores válidos para lograrlos.

                        Que dentro del proceso de trabajo es fundamental la capacitación, debiendo evaluar los destinatarios de las mismas, dirigiéndola a aquellos integrantes de la mesa que no posean conocimiento de la problemática, y que por su función estén ligados a esa demanda, teniendo en estos casos como objetivo la sensibilización.

                         Que las capacitaciones las deberán llevar adelante quienes posean formación en la problemática, o por organismos provinciales o la mesa intersectorial provincial.

                         Que habiendo adquirido la mesa local reconocimiento en la comunidad y establecido su dinámica de funcionamiento, se podrán realizar campañas de prevención, promocionando la existencia de la mesa, informar sobre los recursos existentes para la atención de la problemática, difusión de derechos, sensibilización de la ciudadanía en relación a la violencia de género, etc.

 

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones  sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A     Nº  152/20

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- CREACION Créase la Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género y

---------------------- Diversidades en el Partido de Balcarce la que tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones:

  1. La organización y concertación de acciones en relación a la problemática de violencias por razones de género en territorio, para ello se deberá confeccionar un registro de los recursos involucrados en la asistencia de la problemática, definir los mecanismos de intervención, realizar la planificación y ejecución en materia de difusión y prevención primaria, promover la incorporación y el uso de instrumentos de registro de casos, entre otras.
  2. La implementación de mecanismos tendientes a promover y fortalecer la articulación intersectorial y el trabajo en red, para ello se elaborará un sistema de monitoreo de concreción, revisión y ajustes. 
  3. La construcción de protocolos en relación a la detección, prevención y atención de los casos de violencia familiar y de género en todos los ámbitos,  guía de recursos de atención en el municipio.
  4. La conformación de una  Red Local como eje del proceso de institucionalización de la Mesa que esta Ordenanza crea, a fin de llevar adelante acciones en pos de la no discriminación y la promoción y protección de los DDHH de manera transversal.
  5. La elaboración de  propuestas de difusión, formación y capacitación, en permanente articulación con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual.
  6. La elaboración de una agenda legislativa común que atienda las necesidades del territorio en la materia.
  7. Dar curso a los reclamos que se generen tanto desde la Comisión de Mujeres, Genero y Diversidad que funciona en inmediaciones del Honorable Concejo Deliberante, como los que se canalicen desde otros ámbitos, de manera articulada con todos los actores que conforman la Mesa Local.
  8. Creación equipos técnicos interdisciplinarios, especialmente preparados para trabajar esta problemática con el objeto de generar  un  Sistema Integrado en el plano local. --------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2.-  OBJETIVO. La Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género y

----------------------- Diversidades, tendrá como objetivo el trabajo en red y la organización de acciones tendientes a la erradicación de la violencia por razones de género y familiar.

 

 

Teniendo en cuenta su amplitud, será el espacio propicio democrático, de diálogo, horizontal que permita el abordaje integral y generalizado de la temática de violencia, tendiente a fortalecer las políticas públicas. De manera organizada planificará y brindará herramientas eficientes tendientes a erradicar el flagelo. ------------------------------------------

ARTÍCULO 3.-CONFORMACION:La Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género

--------------------- y Diversidades estará conformada por:

  1. Delegaciones locales de los Organismos Provinciales en el territorio (Salud, Educación, Seguridad, Justici; Organismos de DDHH (Defensoría del Pueblo local) dedicados a la temática de violencia en todas sus formas.
  2. Organismos Municipales tanto de Administración Central como del Organismo Descentralizado (Gobierno, Desarrollo, Obras públicas, Hacienda y Hospital Municipal) a través de (1) un representante de cada área que el Intendente designe.
  3. Jefatura Distrital
  4. Organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en la temática de género.
  5. Un integrante de cada bloque político del Honorable Concejo Deliberante elegido por sus pares y quien tiene a su cargo la presidencia de la Comisión de Mujeres, Género y Diversidad reemplazada en su defecto por la Secretaría de la dicha comisión.
  6. Todas aquellas instituciones intermedias que soliciten su ingreso (sindicatos, clubes, sociedades de fomento, áreas de género de partidos políticos, APDH), entre otras, que intervengan en aspectos relacionados a la temática de género y/o se acerquen a brindar y/o requerir asesoramiento de la mesa. --------------------------------------------

ARTÍCULO 4.-La Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidades se

--------------------- reunirá el último viernes de cada mes de manera ordinaria.------------------

ARTÍCULO 5.- La Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidades --------

----------------------reglamentará su modalidad de funcionamiento interno una vez promulgada la presente norma. Asimismo confeccionará la agenda de trabajo que incluirá la realización de un plenario anual y la publicación de un informe de sus conclusiones y estadísticas. -----------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 6.- La Mesa Local de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidades estará

--------------------- coordinada por un representante del Departamento Ejecutivo designado por éste, quien deberá convocar a las reuniones ordinarias conforme lo dispone el Artículo 4° de la presente, y de manera extraordinaria cuando tres o más de sus miembros lo soliciten. -------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 7.- Entre las premisas de funcionamiento deberán considerarse las siguientes

--------------------- cuestiones:

 

 

 

  1. En la primera convocatoria se elegirá un Secretario que tendrá a su cargo la confección de las actas de cada reunión, la que será leída para su aprobación en la siguiente reunión de la Mesa.
  2. La convocatoria a cada reunión deberá contener el orden del día de temas a tratar.
  3. En el reglamento interno de la Mesa deberán enumerarse los casos que requieran intervención inmediata.

ARTÍCULO  8.- .- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.----------------------------

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli  - PRESIDENTE  – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.------------------------------------------