Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 145/2020
Balcarce, 08/10/2020
VISTO:
El expediente Nº 1789/20: “Contrato con la Cooperativa de Trabajo El Mirador Limitada para la construcción de cordón cuneta Etapa VI al oeste de la ciudad”, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad encomienda a la Cooperativa y esta última acepta la ejecución de los siguientes trabajos: Construcción de cordón cuneta de hormigón H 30, etapa VI, extensión de obra en sector oeste, comprendido por calle 2, A, Caseros y Avenida Del Valle a 31 de la ciudad de Balcarce.
Que dichos trabajos se efectuarán por el importe total de Pesos Un Millón Doscientos Cuarenta y Un Mil Seiscientos con 00/100 ($ 1.241.600,00), abonados según cláusula tercera del presente contrato.
Que de acuerdo al presente contrato, las tareas encomendadas se extenderán del año en curso, trasladándose al ejercicio 2021.
Que en función de lo expuesto, las partes convienen en celebrar el Contrato entre la Municipalidad de Balcarce y la Cooperativa El Mirador Limitada, aprobado por Decreto N° 1833 de fecha 17 de septiembre de 2020.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 145/20
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo según Decreto
--------------------- N° 1833 de fecha 17 de septiembre de 2020.----------------------------------
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-------------------------------
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los ocho días del mes de octubre de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.----------------------------------------