Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 130/2020
Balcarce, 24/09/2020
VISTO:
La Ley Nacional Nº 27043 y la Ley Provincial Nº 15305, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Nacional Nº 27.043 declara de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Que la mencionada Ley Nacional fue sancionada por el Congreso de la Nación con fecha 19 de noviembre de 2014.
Que la Ley Nacional Nº 27043 en su artículo 1º declara “.. de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones”.
Que el 10 de mayo de 2018 se sancionó la Ley Provincial Nº 15.035, que adhiere a la Provincia de Buenos Aires a los términos de la Ley Nacional Nº 27.043.
Que la ley Provincial Nº 15035 determina en su artículo 1º: “Adhiérese la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional Nº 27043, que refiere al abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (T.E.A.) y lo declara de Interés Nacional”.
Que además, el 7 de setiembre de 2005 se sancionó la Ley Provincial Nº 13.522 que establece a esa fecha como Día del Autismo y TGD, el cual tiene como objetivo dedicar ese día al análisis, estudio y seguimiento de la aplicación de la Ley Nº 13.380 en todo el territorio de la Provincia.
Que un Grupo de Padres nucleados en Autismo TEA Balcarce – Red Federal Provincia de Buenos Aires, se ha sumado a la campaña “Por la adhesión Municipal a la Ley Nº 15.035”, llevada a cabo en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Que este grupo de padres de niños con Trastornos del Espectro Autista (TEA) en forma permanente realizan diversas acciones sobre la temática.
Que es necesario garantizar en todo el territorio nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Que es necesario adherir al plexo normativo que garantizan tanto a nivel nacional como provincial al abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (T.E.A.), en el ámbito de incumbencia del Municipio de Balcarce.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 130/20
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Adhiérase al Municipio de Balcarce a la Ley Nacional Nº 27.043 y a la
---------------------- Ley Provincial Nº 15.035, para establecer un abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).-----
ARTÍCULO 2.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente, designando dentro
--------------------- del organigrama existente su Autoridad de Aplicación, que tendrá como misión y función articular con la Comunidad el apoyo efectivo de los postulados de las leyes Nº 27043 y Nº 15035.-----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-------------------------------
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli – PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.----------------------------------------