Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº109/2020

Ordenanza Nº 109/2020

Balcarce, 13/08/2020

VISTO:

                                       El Expediente Nro. 35/B/2020 iniciado como consecuencia del reclamo efectuado por Autoridades del Agua (ADA) dependiente del Ministerio de Infraestructura y servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

                                       Que, se encuentra impaga una factura por Tasa de inspección de funcionamiento y control de calidad de efluentes correspondientes al periodo C4/2019.

                                       Que Autoridades del Agua ha emitido la factura Nº0002504782 por el período adeudado con más los intereses calculados al 24/07/2020 cuya deuda asciende a $ 6.911,32.

                                       Que, dicha factura no se encuentra registrada ni abonada por el Hospital Subzonal  en su oportunidad.

                                       Que se trata de una deuda de ejercicios anteriores no registrada en la contabilidad del Organismo Descentralizado Hospital Subzonal.

                                       Que a fojas 5 del citado expediente la Contaduría del Hospital Subzonal informa la imputación presupuestaria a la que debió registrarse el gasto y que el cierre no existe saldo disponible en las partidas presupuestarias necesarias y según el Artículo 31º de  la Ley Orgánica de las Municipalidades no existen recursos disponibles.                  

POR ELLO:

                             El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A      Nº      109/20

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a reconocer la deuda   contraída    

----------------------  y no registrada con Autoridades del Agua dependiente del Ministerio de Infraestructura y servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires,  por la suma de Pesos Seis Mil Novecientos Once con Treinta y Dos Centavos ($ 6.911,32) con más los intereses que pudieran corresponder,  según documentación obrante en el Expediente Nº 35-B/2020.-

ARTÍCULO 2.-  Autorízase a la Contaduría del Hospital Subzonal de Balcarce a efectuar   

----------------------  el pago de la deuda indicada en el artículo primero.-------------------------

ARTICULO 3.-  Déjase establecido que el gasto, cuyo reconocimiento se autoriza por la

----------------------- presente, debió haberse imputado en el Ejercicio de origen del mismo de la siguiente manera:

Presupuesto 2019

Jurisdicción:  Hospital Dr. Fossati

Categoría Programática 18.02.00 Servicios Públicos

Partida 3.1.2.0 Agua

ARTÍCULO 4.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-------------------------------

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de agosto de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli -

PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-------------------------------------------