Boletines/Balcarce
Resolución Nº 17/2020
Balcarce, 23/07/2020
Visto
VISTO:
La aprobación de la Ley Nacional Nº 27.548 “Ley Silvio” de Programa de Protección de Salud ante la Pandemia del coronavirus COVID-19 y la adhesión de ambas Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires, y
Considerando
CONSIDERANDO:
Que este programa tiene como objetivo principal la prevención del contagio de Covid-19 entre el personal de salud que trabaje en establecimientos de salud de gestión pública o privada, y entre los trabajadores y voluntarios que presten servicios esenciales durante la emergencia sanitaria.
Que la norma recientemente promulgada lleva el nombre en homenaje a Silvio Cufré, un enfermero de San Vicente, provincia de Buenos Aires, que prestaba tareas en el Instituto Médico Brandsen, y falleció el pasado 18 de Abril sin saber que se había contagiado de coronavirus, convirtiéndose en el primer fallecido dentro del personal de salud en el país.
Que la ley crea el Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de Covid-19 y declara “prioritario para el interés nacional” el cuidado de todos los trabajadores del sector y, como lo indica en sus articulados, es de aplicación obligatoria para todo el personal médico, de enfermería, de dirección y administración, logístico, de limpieza, gastronómicos, ambulanciero, etc., y aquellos voluntarios que presten servicios esenciales en establecimientos de salud públicos o privados.
Que resulta de suma importancia que nuestros legisladores provinciales hayan dado tratamiento parlamentario para que la Provincia de Buenos Aires adhiera inmediatamente a esta Ley Nacional, teniendo en cuenta el constante reclamo de los profesionales de la Salud en relación a los equipos de protección personal para los mismos y su necesaria provisión en cantidad y calidad para el resguardo de su integridad física
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N Nº 17/20
ARTÍCULO 1.- Manifiéstase el beneplácito, por la aprobación de la Ley Nacional Nº -----
------------------- 27.548 “Ley Silvio” de Programa de Protección de Salud ante la Pandemia del coronavirus COVID-19 y la adhesión de ambas Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.--------------------------------
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli – ------------PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.--------------------------------------