Boletines/Balcarce

Resolución Nº14/2020

Resolución Nº 14/2020

Balcarce, 23/07/2020

Visto

VISTO:

                                   El Expediente Nº 2658-D-2020 “Programa de Formación para Agentes de Cambio en Desarrollo Sostenible – Ley Yolanda”, y

Considerando

CONSIDERANDO:

                                   Que dicho Proyecto tiene como objeto establecer la primera capacitación obligatoria en la temática de Desarrollo Sostenible y Ambiente para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de la Provincia de Buenos Aires.

                                   Que dicho proyecto lleva como nombre “Yolanda Ortiz” en homenaje a una doctora en Ciencias Químicas nacida en la Provincia de Tucumán en el año 1923, y quien liderara la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano creada en la década del 70, puesto inaugural en toda América Latina. Fue la primera mujer en liderar una secretaría abocada a la temática de la ecología y el ambiente, fue presidenta de la ONG ecológica “Centro Ambiental Argentino”, asesora ad honorem en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y del Concejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). Su labor, además, consistió en incorporar una perspectiva ambiental y de desarrollo sustentable a la industria, lo que permitió desarrollar una tarea innovadora.

       Que por “desarrollo sostenible” se entiende el proceso  mediante el cual se trata de satisfacer las necesidades económicas, sociales, de diversidad cultural y de un medio ambiente sano de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de las mismas a las generaciones futuras.

       Que por “desarrollo sustentable” se supone la administración responsable y eficiente de los recursos naturales de cara al futuro, implica la conservación del equilibrio ecológico sin dejar de lado el progreso material.

        Que la Educación Ambiental promueve a procesos orientados a la construcción de valores, conocimiento y actitudes que posibiliten formar capacidades

orientadas hacia un desarrollo sustentable basado en la equidad, 'justicia social y el respeto por la diversidad biológica y cultural. Es necesario poder comprender mejor el mundo que nos rodea y poder ayudar a mejorar el ambiente en cuanto a la gestión de recursos naturales, protección de la salud humana y Agendas Verdes para la formación e implementación de políticas públicas.

     Que cada capacitación contendrá ejes temáticos como: concepto de desarrollo sostenible, gestión de residuos sólidos urbanos, cambio climático, problemáticas ambientales, derecho ambiental, impacto ambiental de políticas públicas y otros temas que puedan ser desarrollados y co-creados por organizaciones de la sociedad civil abocados al trabajo del desarrollo sostenible.

     Que estas capacitaciones son importantes para quienes planifican e implementan políticas públicas apelando a la práctica y valores que aporten a la construcción de una sociedad ambiental más justa y sustentable, en especial para poder garantizar la integración de la sustentabilidad en los planes de recuperación post COVID 19.

POR ELLO:

 

                 El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

R E S O L U C I Ó N      Nº     14/20

ARTÍCULO 1.-  Este H. Concejo Deliberante resuelve adherir  al contenido del

---------------------  Expediente Nº 2658-D-2020: “Programa de Formación para Agentes de Cambio en Desarrollo Sostenible - Ley Yolanda”.--------------------------------------------------

ARTÍCULO 2.- Remítase copia de la presente a todos los Concejos Deliberantes de la

---------------------  Provincia de Buenos Aires.-------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-------------------------------

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli -

PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-------------------------------------------