Boletines/Carlos Tejedor
Ordenanza Nº 2648/20
Carlos Tejedor, 28/05/2020
VISTO:
El artículo 230 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
CONSIDERANDO:
Que el artículo enunciado precedentemente faculta al Concejo a compensar excesos producidos en partidas del presupuesto por gastos de legítima procedencia, hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto, con la recaudación efectiva excedente del total de renta sin afectación calculada para el ejercicio y/o con el importe del superávit que registre la cuenta de resultado de ejercicio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Autorizase a la Contaduiría Municipal a compensar excesos presupuestarios del Ejercicio 2019 de las siguientes partidas presupuestarias (Anexo I) por un importe de $ 57.540.318,45.
ARTICULO 2º.- Compensase los excesos enunciados en el Artículo Primero con las
recaudaciones excedentes por un importe de $ 15.255.597,84 en un todo de acuerdo al Inciso 2 del Art. 120, según el siguiente detalle:
35.1.01.28 - Superavit Ejercicios anteriores $ 15.255.597,84 |
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ARTICULO 3º.- Compensase los excesos enunciados en el Artículo Primero con las recaudaciones excedentes por un importe de $ 42.284.720,61 en un todo de acuerdo al Inciso 4 del Art. 120, según el siguiente detalle:
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ARTICULO 4º.- Cúmplase, regístrese, comuníquese.
DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTE EN LA PRIMERA SESION ESPECIAL.
EDUARDO M. FIGUEROA CDOR. JORGE G. ERRAMOUSPE
SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD