Boletines/Carlos Tejedor
Ordenanza Nº 2645/20
Carlos Tejedor, 21/05/2020
VISTO:
El régimen remuneratorio del Personal de la Municipalidad Art. 24, 25 y 26 Ordenanza 2382/2016; la Ordenanza Nº 2635/19, por la cual se aprobó la Ordenanza Complementaria del Presupuesto para el Ejercicio 2019; y,
CONSIDERANDO:
Que la normativa antes mencionada permite asignar a aquellos dependientes municipales que desempeñen tareas especiales por sobre las funciones propias de sus quehaceres, una BONIFICACION, en este caso denominada “BONIFICACION POR FUNCION”;
Que se entiende por bonificación cuando se asienta una determinada partida en la cuenta del haber y/o bonus o premio que se incluye de manera especial en una remuneración;
Que, dicha Bonificación por función se ha otorgado por lo menos a lo largo de los últimos 10 años a diferentes agentes de cargos no escalafonados y/o jerárquicos como es el caso de los enumerados en el Art. 14 de la Ordenanza 2635/2019;
Que se ha detectado que dicho ordenamiento no regula específicamente dicha bonificación;
Que es necesario brindarle el respaldo legal a dicha erogación;
Es por ello que;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1°. - Incorpórese como inciso e) del Art. 14 de la Ordenanza Municipal 2635/2019 lo siguiente:
“e) Bonificación por función de hasta el 75% de su sueldo básico.”
Artículo 2°. - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTE EN LA QUINTA SESION ORDINARIA
EDUARDO M. FIGUEROA CDOR. JORGE G. ERRAMOUSPE
SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD