Boletines/Carlos Tejedor

Ordenanza Nº2642/20

Ordenanza Nº 2642/20

Carlos Tejedor, 07/05/2020

VISTO: el Decreto 4000/2019 del Ejecutivo Municipal de fecha 19/12/2019 por el cual se declara la emergencia económica, administrativa y financiera producto de la gravísima situación financiera en que se encuentra la Municipalidad de Carlos Tejedor, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha puesto en conocimiento de los vecinos del distrito que la deuda comprometida al 10 de diciembre de 2019, fecha en la cual asumieron las nuevas autoridades, ascendía a $91.451.226,65.

 Que no se registran antecedentes en la historia reciente del municipio de un cambio de mandato en la cual se limite de tal manera el accionar del ejecutivo producto de la deuda contraída por una gestión anterior.

 Que en el mismo sentido el Congreso de la Nación ha debido declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social;

                                       Que en idéntico sentido la Legislatura Provincial, por Ley 15.165, ha declarado la emergencia pública en materia social, económica, productiva y energética por el término de un año;

                                       Que en consonancia y por las razones expuestas, en un claro gesto de solidaridad y compromiso con el esfuerzo que hace toda la población, la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados ha resuelto congelar las dietas y demás gastos políticos por ciento ochenta días, y que del mismo sentido se expidió el Senado de la Nación-;

                                       Que el Artículo 33º de la citada Ley 15.165 invita a los municipios, por intermedio de sus Concejos Deliberantes a abordar en el marco de su competencia, general o particularmente los aspectos críticos en ella abordados;

                                       Que por todo lo expuesto, la propuesta de acompañar el estado de emergencia con un "congelamiento " de la retribución del funcionario procura ser simultáneamente, tanto una contribución a una austeridad del gasto, como un ejemplo de solidaridad social y esfuerzo;

   Por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ORDENANZA

Artículo 1º.-  Suspéndase por el plazo que dure la emergencia declarada en el decreto n°4000/2019 del Departamento Ejecutivo los incrementos salariales que pueda percibir Intendenta, Concejales, y Funcionarios públicos del Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante. 

 

Artículo 2°. - Regístrese, comuníquese y publíquese.

 

DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTE EN LA CUARTA SESION ORDINARIA.

 

 

EDUARDO M. FIGUEROA                                                          CDOR. JORGE G. ERRAMOUSPE        

  SECRETARIO HCD                                                                       PRESIDENTE HCD