Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº43/2020

Resolución Nº 43/2020

Coronel Rosales, 24/09/2020

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº S-308/19, el informe elevado por la Sra. Jefe del Departamento Personal a fs. 01/03, el Decreto Nº 597/19, la Resolución de la Instrucción Sumarial de fs. 33/34, el dictamen elevado por la Dirección de Asuntos Legales a fs. 35, lo dictaminado por la Junta de Disciplina con fecha 23 de Septiembre de 2.020, Y

Considerando

Que a fs. 01/03 obra informe relativo a las inasistencias injustificadas entre los días 03 de Marzo de 2.019 y 05 de Noviembre de 2.019 del Agente Municipal Sr. Brian Jesús Strak, Leg. 3907/1.-

Que mediante Decreto Nº 597/19 se ordenó la instrucción de sumario administrativo correspondiente por inasistencias reiteradas injustificadas (Arts. 52 inc. g, 57 y cctes. del C.C.T).-

Que a fs. 09 obra notificación al Agente sumariado del Decreto Nº 597/19 intimándoselo, en los términos del Art. 52 inc. g del C.C.T., a acreditar y justificar los motivos de las inasistencias injustificadas verificadas los días 03/03/19, 29/06/19, 19/07/19, 02/08/19, 16/08/19, 18/08/19, 23/08/19, 03/09/19 al 06/09/19, 08/09/19, 15/09/19, 22/09/19 y 05/11/19.-

Que a fs. 10/12 el Agente sumariado presenta descargo adjuntando y ofreciendo prueba en aras de acreditar motivos procedentes que justificaren las referidas inasistencias.-

Que a fs. 14/23 obra la producción de la prueba ofrecida por el sumariado.-

Que citado a prestar declaración por ante la Instrucción el interesado mantiene lo expresado en su descargo de fs. 10/12.-  

Que a fs. 26 se corrió traslado al Agente a los efectos dispuesto por el Art. 63 del C.C.T. lo cual le fuera notificado mediante acta de notificación de fs. 27.-

Que a fs. 28 se corrió nuevo traslado al interesado a fin de que haga presentación del pertinente alegato, lo cual le fuera notificado mediante acta de notificación de fs. 29.-

Que, vencidos los traslados referidos y sin que el interesado efectúe presentación alguna al respecto, la Instrucción Sumarial dicta Resolución de fs. 33/34 dando por finalizada la Instrucción Sumarial encontrándose al Agente interesado responsable de la falta prevista por el Art. 52 inc. g del C.C.T.-

Que a fs. 35 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Legales del Municipio del que se desprende el cumplimiento de todas las formalidades legales del presente procedimiento sumarial, sus etapas y la garantía del ejercicio del derecho de defensa y debido proceso en favor del sumariado.-

Que según acta de fecha 23 de Septiembre de 2.020 la Junta de Disciplina convocada al efecto concluye, por voto mayoritario de sus miembros, en la aplicación al Agente Municipal Sr. Brian Jesús Strak, Leg. 3907/1, de sanción correctiva de suspensión de diez (10) días corridos (Arts. 50, 52 inc. g, 57, 65, 68, 70, 80 y cctes. C.C.T.)

Que, en virtud de ello, corresponde resolver sobre la sanción correctiva mencionada y su imposición a lsumariado.-

 Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Suspender por el término de diez (10) días corridos al Agente Municipal Sr. Brian Jesús Strak, Leg. 3907/1, por haber incurrido en la falta de “inasistencias reiteradas injustificadas” prevista por el Art. 52 inc. g del C.C.T. verificadas entre los días 03 de Marzo de 2.019 y 05 de Noviembre de 2.019.-

ARTÍCULO 2º: La presente Resolución será refrendada por la Srta. Secretaria de Gobierno.-

ARTÍCULO 3º: Regístrese.Tome conocimiento la Secretaría de Servicios, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Por el Departamento de Personal notifíquese al interesado en la forma de estilo y regístrese en su legajo.- Comuníquese al Departamento de Liquidación de Haberes.-  Hecho, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº43/2020