Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 385/2020
Coronel Rosales, 14/09/2020
Visto
La Resolución Nº 75/2020 de la Administración Nacional de Seguridad Social, referente al incremento de las Asignaciones Familiares dispuestas a partir del 1º de Marzo de 2020.
La Resolución Nº 166/2020 de la Administración Nacional de Seguridad Social, referente al incremento de las Asignaciones Familiares dispuestas a partir del 1º de Junio de 2020.
La Resolución Nº 692/2020 de la Administración Nacional de Seguridad Social, referente al incremento de las Asignaciones Familiares dispuestas a partir del 1º de Septiembre de 2020, Y
Considerando
Que las normativas citadas contemplan las actualizaciones de las Asignaciones Familiares.-
Que el artículo 17 de la Ordenanza Nº 3892 /19 - Presupuesto de Gastos 2020 – contempla la utilización de los parámetros nombrados por la citada resolución.-
Que dichas reformas implican modificaciones en los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares.-
Que lo actuado se encuadra en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto ley 6769/68, Decreto 2980/00 RAFAM y la Ordenanza Nº 3561- Estatuto Municipal.-
Que en atención a lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, El Intendente Municipal del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de las facultades que le son propias; DECRETA
ARTICULO 1º: Reconocer los pagos abonados de los cambio de rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares a partir del 1º de Marzo de 2020, en un todo de acuerdo con lo previsto por las Resoluciones ANSES Nº 75/2020, Anexo I.-
ARTICULO 2º: Reconocer los pagos abonados de los cambio de rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares a partir del 1º de Junio de 2020, en un todo de acuerdo con lo previsto por las Resoluciones ANSES Nº166/2020, Anexo II.-
ARTICULO 3º: Readecuar los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares a partir del 1º de Septiembre de 2020, en un todo de acuerdo con lo previsto por las Resoluciones ANSES Nº692/2020, Anexo III.-
ARTICULO 4º: Facúltese a la Contaduría Municipal y Sub Dirección de Presupuesto a impulsar las adecuaciones presupuestarias necesarias para absorber las mayores erogaciones que implique la aplicación del presente Decreto.-
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía.-
ARTICULO 6º: Regístrese.- Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno, Salud, Desarrollo Social y de Obras y Servicios.- Facúltase a la Contaduría Municipal y Sub Dirección de Presupuesto a impulsar las adecuaciones presupuestarias necesarias para absorber las mayores erogaciones que implique la aplicación del presente Decreto.- Hecho,
DECRETO Nº385/2020