Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº378/2020

Decreto Nº 378/2020

Coronel Rosales, 08/09/2020

Visto

Las actuaciones caratuladas como S-016/20, el requerimiento elevado por el Sr. Secretario de Economía de la Comuna relacionado con la constitución y conformación de colocaciones financieras con saldos positivos existentes en cuentas de Fondo Educativo, Fondos Afectados y Recursos del Ejercicio, Y  

Considerando

Que el Sr. Secretario de Economía solicita autorización para proceder a realizar la constitución y conformación con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de inversión temporaria en Fondo Común de Inversión denominado Raíces Ahorro Pesos por PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00.-) con en Recursos del Ejercicio.-

Que los fondos para la referida inversión tendrá origen en la Cuenta Corriente Nro. 50640/9 de titularidad de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires - Sucursal Punta Alta (6201).-

Que, según informe del Secretario de Economía, la referida cuenta registra saldo suficiente y necesario agregándose a ello que la colocación para cuya constitución se solicita autorización en modo alguno impedirá, atrasará ni entorpecerá las obligaciones que deba afrontar el Municipio.-

Que es ánimo de esta administración maximizar el rendimiento de los Recursos Públicos.-

Que es facultad del Departamento Ejecutivo proceder en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 108 y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Secretaría de Economía a proceder conforme saldo positivo que registre la Cuenta Corriente Nro. 6201-50640/9 del Banco de la Provincia de Buenos Aires - Sucursal Punta Alta a efectuar inversión temporaria por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) en Fondo Común de Inversión del Banco de la Provincia de Buenos Aires denominado Raíces Ahorro Pesos imputándose su eventual rendimiento a la cuenta de origen para la cobertura de los destinos y obligaciones que ésta tuviere.-

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 3º:Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno y déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Hecho, resérvese.-

DECRETO Nº378/2020