Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº367/2020

Decreto Nº 367/2020

Coronel Rosales, 31/08/2020

Visto

Las actuaciones promovidas en el Expte. S-143/20 relativas a la solicitud de asistencia económica presentada por la Sra. María Lidi Fernández en su carácter de Presidente de la Sociedad de Fomento “Barrio Parque San Martín”, Y

Considerando

Que mediante solicitud presentada con fecha 26 de Agosto de 2.020 la Sra. Presidente de la Sociedad de Fomento “Barrio Parque San Martín” requiere al Municipio brinde colaboración económica para la cobertura de los gastos que demanda el pago de facturas de servicios básicos de la entidad.-

Que es marcado interés de este Municipio brindar la mayor colaboración posible a las entidades sociales de nuestro Partido con el fin de que las mismas cuenten con las mejores condiciones posibles lo que redundará, naturalmente, en beneficio de sus integrantes y asistentes.-

No escapa a los fundamentos del presente las consecuencias que nos encontramos viviendo a raíz de la situación epidemiológica y sanitaria imperante (COVID-19) que ha representado gravísimas consecuencias económicas no solo para las entidades como la solicitante sino también para la sociedad toda.-

Que en virtud de ello se considera plausible el otorgamiento de la asistencia económica requerida por la entidad solicitante debiendo procederse en consecuencia al dictado del acto administrativo correspondiente.-

 Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA

ARTICULO 1º: Otorgar  un  subsidio  con  “Cargo de Rendición” a la Sociedad de Fomento “Barrio Parque San Martín”  extendiéndose Orden de Pago en favor de la Sra. María Lidi Fernández en su carácter de Presidente de la entidad por la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00.-) destinado al pago de facturas de servicios básicos prestados a la entidad debiendo dicha erogación imputarse con cargo debiendo a la Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Gobierno – Subsidios del Presupuesto vigente.-

ARTICULO 2º: El  presente Decreto será refrendado por la Señorita Secretaria de Gobierno.-                  

ARTICULO 3º:  Regístrese.  Tome     conocimiento    la   Secretaría    de   Economía   y déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Por la Contaduría General dese cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º y gírese a Tesorería para su pago. Por Mesa de entradas comuníquese a la entidad interesada. Hecho, archívese.-

DECRETO Nº367/2020