Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº76

Decreto Nº 76

Coronel Rosales, 24/09/2020

El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales expresa su beneplácito a la sanción por parte de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires del proyecto de Ley de Asociaciones Civiles bajo expediente D-1100-20/21

Visto

La sanción en la Honorable Cámara de Diputados de la ley que “Declara de interés público provincial las Asociaciones de primer grado constituidas en la Provincia de Buenos Aires”, y

Considerando

Que, el proyecto de ley mencionado es una importante herramienta para la contención y protección de las Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires.

Que, desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se viene trabajando arduamente para que esta situación extraordinaria que vivimos afecte lo menos posible a todas las instituciones y esta iniciativa se erige como fundamental y de vital importancia.

Que, las asociaciones y organizaciones de la provincia en la actualidad se encuentran en un estado de emergencia, viéndose en la obligación de afrontar deudas que son imposibles de pagar.

Que, el jueves 2 de julio de 2020 la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires dio media sanción a un proyecto de ley impulsado por el presidente del bloque del Frente de Todos, Facundo Tignanelli, que contempla la protección de las asociaciones civiles como clubes de barrio, centros de jubilados, jardines comunitarios, sociedades de fomento, centros culturales, asociaciones de migrantes y organizaciones comunitarias en general.

 

Que, el 10 de septiembre del 2020 el Senado de la provincia de Buenos Aires aprobó la misma con modificaciones, retornando a la Honorable Cámara de Diputados para ser finalmente aprobada el pasado 17 de septiembre.

 

Que, el objetivo de esta medida es que las diferentes Asociaciones Civiles y Comunitarias contempladas por la ley, puedan tener acceso a beneficios como la condonación de las deudas de documentación anual obligatoria que las Asociaciones Civiles de primer grado poseen con la Dirección Provincial de Personas Jurídicas al día 31 de diciembre de 2014, asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito a las Asociaciones Civiles de bajos recursos, exenciones impositivas, gratuidad de servicios bancarios y jurídicos, y la protección de sus inmuebles, determinando su inembargabilidad e inejecutabilidad, entre otros beneficios.

Que, esta medida es una de las tantas que se han desarrollado durante la pandemia para evitar la desaparición de muchas de estas instituciones, debido a la dificultad que tienen para afrontar la mayoría de sus gastos fijos mensuales.

Que, la aprobación de esta ley es clave para facilitar el acceso a estos derechos por parte de las mismas asociaciones, ampliando sus posibilidades a través de diversos programas que se implementarán a partir de esta, desde el Estado nacional y provincial.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES DECRETA

ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales expresa su beneplácito a la sanción por parte de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires del proyecto de Ley de Asociaciones Civiles bajo expediente D-1100-20/21, “Declarando de interés público provincial a las asociaciones civiles constituidas en la provincia de Buenos Aires”.

ARTICULO 2º: Remítase copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º: Vistos y considerandos forman parte de la presente.

ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial, hecho, archívese.

SANCIONADO POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERNATE DE CORONLE DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VIENTICUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE