Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 3948
Coronel Rosales, 10/09/2020
ORDENANZA
Corresp. Expte. O-36-2020
Artículo 1º: Declarar la “Emergencia Pública en materia social por Violencia por Razones de Género” en el Partido de Coronel Rosales y por el término de dos años a partir de su promulgación.-
Artículo 2º: El Estado Municipal deberá asumir las siguientes obligaciones orientadas a prevenir, asistir y erradicar la violencia por razones de género:
j) Arbitrar los medios necesarios para dar difusión pública a las estadísticas y su respectivoanálisis cualitativo en la página oficial del Municipio de Coronel Rosales, las cuales deberán ser actualizadas cada 3 meses.-
Artículo 3º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las reasignaciones presupuestarias necesarias para cumplimentar la implementación de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º: Facultar al área de Políticas de Género a través de la Dirección de Desarrollo Social para la firma de convenios y adhesión a programas que emanen del Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.-
Artículo 5º: Créase en el distrito de Coronel Rosales una línea que funcione las 24 horas del día, los 365 días del año, como guardia de atención, asistencia y asesoramiento a personas víctimas de violencia por motivos género. Deberá considerarse el acceso a esta línea a través de diferentes formatos (WhatsApp, mensaje de texto, llamada telefónica, correo electrónico).-
Artículo 6º: Dada la importancia de la temática se adjunta Anexo con los Vistos y Considerandos del proyecto que fundamentan la presenten.-
Artículo 7°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo
ANEXO
VISTO:
El alto índice de violencia por motivo de género que registra el distrito de Coronel Rosales, y
CONSIDERANDO:
Que en nuestro país, en el año 2009 se sancionó la ley N° 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.
Que en dicha ley se define como violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial como así también su seguridad personal, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
Que además se contemplan todas las manifestaciones de violencia contra las mujeres: la física y psicológica, y otras más difíciles de reconocer pero no por ello menos significativas como la violencia simbólica, la mediática, económica o patrimonial, contra la libertad reproductiva y la obstétrica y la violencia política de reciente incorporación a la ley 26485.
Que en tanto violación a los derechos humanos, la violencia contra las mujeres da origen a una serie de obligaciones específicas por parte de los Estados en conformidad con el derecho internacional, y que, en tal sentido, Argentina, en línea con la mayoría de los países de América Latina, ha asumido compromisos con la comunidad internacional para dar cumplimiento a los derechos de las mujeres.
Que en contextos de pandemia y con la indicación del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio los hechos de violencia contra las mujeres recrudecen y ponen a estas mujeres en un lugar de padecimiento y sometimiento diario compatible con tortura.
Que las condiciones de habitabilidad, las dinámicas familiares y la grave crisis socioeconómica que deviene de la pandemia exponen a un riesgo potencial creciente a estas mujeres.
Que en nuestro distrito, según datos proporcionados por la ONG Manos Entrelazadas, los llamados telefónicos a la institución han aumentado considerablemente durante la cuarentena, alcanzando desde el 20 de marzo al 31 de julio, los 305 llamados de orientación legal (46%), contención psicológica (49%) y asistencia social (5%), esta última atendida por el municipio.
Que, de acuerdo a los datos proporcionados por el Juzgado de Paz, las causas suscitadas durante el marco de pandemia han sido aproximadamente 350, las cuales se han resuelto dentro de las 24 horas de haber tomado conocimiento de la denuncia, incluso los sábados y domingos.
Que, el mismo juzgado ha atendido 1265 causas durante el año 2019.
Que, desde el Área de Políticas de Género Municipal se han atendido durante el período de mayo (mes de creación del área) a diciembre de 2019, 299 denuncias. El período de enero a julio de 2020 suma 267 denuncias. Las mismas son en su mayoría denuncias derivadas de los organismos de seguridad, aunque también incluyen otros organismos como Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de NNA de Coronel Rosales, Hospital Municipal Eva Perón, Línea 144, Áreas de Género de otros distritos, División de Promoción y Asistencia a las Familias en riesgo de la Base Naval Puerto Belgrano.
Que desde el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación y el Ministerio de las Mujeres, Políticas de género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, se han tomado medidas tendientes a la prevención, asistencia y erradicación de la violencia de género.
Que la ministra Elizabeth Gómez Alcorta determinó en ese sentido que la atención de la Línea 144 se considerará un servicio indispensable en el marco de la emergencia sanitaria, reforzando los canales de atención, sumando personal especializado, mejorando recursos tecnológicos para el equipo de atención y reforzando concretamente el servicio de atención en la sede de Provincia de Buenos Aires.
Que además se dispuso en torno a las personas que en situación de violencia por motivos de género estén exceptuadas de las medidas de aislamiento en casos de fuerza mayor, cuando requieran pedir asistencia o realizar una denuncia y se articuló con organizaciones sindicales y universitarias que pusieron a disposición los hoteles y otros lugares de alojamiento para poder ser utilizados por personas en situaciones extremas de violencia por motivos de género y que deban dejar sus hogares durante la cuarentena.
Que desde el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación se convocó al Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a conformar un Comité de Seguimiento de la situación de las mujeres y personas LGBTI+ en situación de violencia por motivos de género y se gestionó con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación la incorporación de mujeres en situación de violencia por motivos de género al programa Potenciar Trabajo.
Que, el Congreso de la Provincia de Buenos Aires declaró por unanimidad en el mes de mayo, la Emergencia por Violencia de Género en la Provincia de Buenos Aires, la cual encomienda al Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense a “llevar adelante las acciones necesarias para prevenir y asistir situaciones de violencia familiar y por razones de género y diversidad, a cuyo efecto estará facultado a disponer y reasignar las partidas presupuestarias necesarias”.
Que la violencia hacia las mujeres, es la violación a los Derechos Humanos más frecuente, extendida y generalizada en todo el mundo. Según datos de la Organización de las Naciones Unidas “alrededor del 70 por ciento de las mujeres en todo el mundo ha sufrido violencia en el transcurso su vida”.
Que por ello debemos generar en nuestro distrito una red de recursos amplia y ágil que cuente con estrategias de intervención en tiempo y forma.
Que la emergencia es una herramienta que permite generar desde programas específicos hasta reasignar partidas y dar celeridad a respuestas que en este contexto no se pueden demorar.
Que el Estado Municipal debe constituirse en el garante de políticas concretas en defensa de toda persona que sufre violencia de género y al mismo tiempo disponer todos sus esfuerzos a fin de combatir la cultura patriarcal que nos atraviesa.