Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 3943
Coronel Rosales, 27/08/2020
ORDENANZA
Corresp. Expte. D-92-2020
Artículo 1º: Adhiérase el Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales a las Leyes Provinciales Nº 14.828, Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, y a la N° 13.666 que adhiere a la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital.-
Artículo 2º: Adhiérase el Municipio de Coronel de Marina Leonardo Rosales al Plan de Modernización del Estado establecido por el Decreto Nacional N° 434/2016, según lo dispuesto por Artículo 10° del mencionado Decreto Nacional.-
Artículo 3º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio Específico de Cooperación y Asistencia Técnica que corre agregado en las presentes actuaciones con la Secretaria de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, con el objeto de implementar el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).-
Artículo 4°: La implementación del sistema informático inherente al GDE deberá ser integral, progresiva, continua y sostenida en el tiempo, ejecutándose en etapas, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación y tendrá como objetivo la modernización de la gestión y la optimización de los recursos municipales a través de la creación, registro y archivos de documentos electrónicos, acompañados de la firma electrónica y/o digital de los agentes y funcionarios intervinientes de conformidad a la normativa mencionada en el Artículo 1° de la presente y/o que la reemplace en el futuro.-
Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo, para proceder a la ejecución de todas las medidas operativas que resulten necesarias para la implementación y funcionamiento del sistema GDE en el ámbito de la Municipalidad de Coronel Rosales.-
Artículo 6°: Establézcase, que en los casos en el que el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires requiera formalmente que los actos administrativos, contratos o instrumentos sean registrados en hojas rubricadas, deberán volcarse en soporte papel conforme a la reglamentación vigente. Sin perjuicio de ellos, podrán digitalizarse los instrumentos mencionados a fin de facilitar el acceso a los mismos a través del GDE.-
Artículo 7°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo