Boletines/Suipacha
Ordenanza Nº 2538/2020
Suipacha, 17/09/2020
ORDENANZA Nº 2538/2020
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Crease en el Presupuesto vigente, los cargos que a continuación se detallan, con la apropiación y por el monto mensual que a continuación se indica:
1 cargo Personal Jerárquico Director de Área ……………………………. $26.325.00
1 cargo Personal Profesional Jede de Departamento Clase I A ………… $15.254.55
Artículo Nº 2: Ampliase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2020 las partidas que a continuación se detallan y por el monto que en cada caso se indica, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente:
1000000000 – Sector Público Municipal no Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 – Departamento Ejecutivo
1110102000 – Sec. De Obs. Y Serv. Pub.
01 – Coord. Y Gestion de la Sec. De Obras y Serv. Pub.
1.1.1.2. Personal Jerárquico………………………………………….... $ 80.000.00
1.1.3.0. Ret. Que no hacen al cargo…………………………………… $160.000,00
1.1.4.0. Sueldo Anual Complementario………………………………. $ 40.000,00
1.1.7.0. Complementos…………………………………………………. $ 2.300,00
1.1.6.1. Instituto de Previsión Social…………………………………. $ 34.000.00
1.1.6.2. Instituto Medico Obra Asistencial …………………………… $ 13.600.00
1.1.6.3. ART………………………………………………………………... $ 6.600,00
$ 336.500.00
1000000000 – Sector Público Municipal no Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 – Departamento Ejecutivo
1110106000 – Sec. De Salud
61 – Prestación de Servicio en Hosp. Munic.
03 – Laboratorio
1.1.1.3. Personal Profesional………………………………..….. $ 46.000.00
1.1.3.0. Ret. Que no hacen al cargo………………………..….. $ 37.000.00
1.1.4.0. Sueldo Anual Complementario……………………..… $ 14.000.00
1.1.7.0. Complementos…………………………………………... $ 2.300.00
1.1.6.1. Instituto de Previsión Social…………………………… $ 12.000.00
1.1.6.2. Instituto Medido Obra Asistencial………………........ $ 5.000.00
1.1.6.3. ART……………………………………………………… $ 2.700.00
$ 119.000.00
Artículo Nº 3: Para financiar lo dispuesto se compensará con el crédito de las siguientes partidas:
1000000000 – Sector Público Municipal no Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 – Departamento Ejecutivo
1110102000 – Sec. De Obs. Y Serv. Pub.
51 – Mantenimientos y Conservación de Caminos Rurales
01 – Mantenimiento y Conservación de la Red Vial Municipal
1.1.3.0. Ret. Que no hacen al cargo………………………… $ 115.500.00
1.3.1.0. Retribuciones Extraordinarias…………………….. $ 340.000.00
Artículo Nº 4: Autorizase al D.E. a efectuar las modificaciones presupuestarias que surjan como consecuencias de la presente Ordenanza.
Artículo Nº 5: Lo dispuesto en los Artículos precedentes regirá a partir del 1º de Octubre de 2020.
Artículo Nº 6: De forma.